Los
barrotes no educan
Leonel Alberto Prez Belette
LA HABANA, noviembre (cubanet.sergipeconectado.com) - Jos Alberto lvarez
Bravo no es un opositor al gobierno actual. Es un padre desesperado
en busca de justicia para el caso de su hijo. Se ha dirigido a cuanta
institucin gubernamental ha podido y an no ha recibido
respuesta. Mientras, su hijo de 21 aos languidece en las
crceles del rgimen.
El joven Carlos Denis Crespo ha permanecido dos aos y dos
meses en prisin. Su padre, lvarez Bravo, mantiene
la inocencia de su hijo y atribuye el caso a una venganza personal
del jefe de sector y otros factores, a los que acusa de corrupcin.
Segn lvarez, a su hijo se le acusa de delitos que
no quedaron probados durante el juicio en su contra. Lo anterior
incluye presuntas violaciones a las normas procesales y a los ms
elementales principios del derecho.
lvarez, con sumo dolor, argumentos y la ayuda de algunos
abogados, se ha dirigido a los diferentes tribunales, a la fiscala
General de la Repblica, a la fiscala militar y hasta
a una seccin para la recepcin de crticas
de la poblacin, del diario Juventud Rebelde. Aunque le han
atendido, no le han dado una simple respuesta. lvarez asegura
que las autoridades se han ensaado ms con el adolescente
por motivo de su constante discrepancia e indagacin, por
lo que lejos de ayudar cree haber empeorado las cosas.
Ante tanta indefensin, el seor Jos Alberto
lvarez Bravo ha decidido denunciar su caso ante los organismos
internacionales de defensa de los derechos humanos.
Es importante conocer que en Cuba los detenidos son sometidos a
la voluntad de un oficial instructor del caso y se les niega la
asistencia de un abogado defensor, hasta tanto su expediente no
est radicado ante un tribunal. En ocasiones el proceso de
instruccin puede demorar aos, no existe un limite
establecido a tal efecto. Y no son pocas las oportunidades en que
el abogado de la defensa slo puede ver al acusado 5 minutos
antes del juicio. Por dems, los tribunales cuentan con la
potestad de condenar a un individuo a prisin bajo la presuncin
de que podra cometer un crimen en el futuro. Este delito
es contemplado en el Cdigo Penal vigente, como peligrosidad
social.
Comnmente los encausados suelen ser jvenes de 18
aos y un da. Muchos padres y juristas coinciden
en que la prisin a estas edades, en las cuales an
se est formando la personalidad, no es recomendable y lejos
de reformar deforma a los jvenes, que aunque hayan cometido
un error, podran ser reeducados a partir de otras opciones
ms ejemplarizantes que los barrotes.
lvarez Bravo solo demanda la revisin exhaustiva
del caso, la atencin de las autoridades y una respuesta.
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