Informe de
derechos humanos en Cuba en 2003 5s2y1x
Servicio noticioso desde
Washington, 1 de marzo 2004.
(Departamento de Estado
publica evaluacin anual) (18780)
WASHINGTON -- A continuacin una
traduccin extraoficial del texto
publicado el 25 de febrero de 2004 de la
seccin correspondiente a Cuba del
Informe por Pases emitido por el
Departamento de Estado sobre las Prcticas
de Derechos Humanos en 2003:
(comienza el texto)
Departamento de Estado de Estados Unidos
Informe por Pases sobre Prcticas
de Derechos Humanos 2003: Cuba
Publicado por la Oficina de Democracia,
Derechos Humanos y Trabajo 25 de febrero
de 2004
CUBA
Cuba es un estado totalitario controlado
por Fidel Castro, quien es jefe de estado
con los ttulos de presidente, jefe
del gobierno, primer secretario del Partido
Comunista y comandante en jefe de las fuerzas
armadas. Castro controla todos los aspectos
de la vida cubana a travs del Partido
Comunista y sus organizaciones de masa afiliadas,
la burocracia gubernamental encabezada por
el Consejo de Estado y el aparato de seguridad
del Estado. En Marzo, Castro anunci
su intencin de permanecer en el
poder de por vida. El Partido Comunista
es la nica entidad poltica
legal y Castro escoge personalmente a los
del Bur Poltico,
el selecto grupo que encabeza el partido.
No hay elecciones competitivas de los 609
de la Asamblea Nacional del Poder
Popular (ANPP), que se rene dos
veces al ao durante unos pocos das
para refrendar mecnicamente las
decisiones y polticas decididas
previamente por el Consejo de Estado, que
encabeza Castro. El 19 de enero el gobierno
sostuvo elecciones generales para los 609
escaos de que consta la ANPP. El
Partido Comunista controla todos los puestos
gubernamentales, incluso los cargos judiciales.
El poder judicial est completamente
subordinado al gobierno y al Partido Comunista.
El Ministerio del Interior es la principal
entidad de la seguridad del estado y de
control totalitario. Oficiales de las Fuerzas
Armadas Revolucionarias (FAR), dirigidas
por el hermano de Fidel Castro, el general
Ral Castro, han sido designados
para ocupar la mayora de los cargos
claves del Ministerio del Interior en los
ltimos aos. Adems
de las funciones de ejecucin de
la ley rutinarias tales como regular la
migracin y controlar la Guardia
de Fronteras y las fuerzas policiales regulares,
el Departamento de Seguridad del Estado
del Ministerio del Interior investiga y
reprime activamente la oposicin
y la disidencia polticas. Mantiene
un sistema penetrante de vigilancia mediante
el uso de agentes secretos, informantes,
las Brigadas de Respuesta Rpida
(BRR) y los Comits de Defensa de
la Revolucin (CDR) basados en cada
barrio. El gobierno tradicionalmente ha
utilizado a los CDR para movilizar la poblacin
en contra de los disidentes, para imponer
la conformidad ideolgica y para
desarraigar la conducta "contrarrevolucionaria".
Las BRR consisten en trabajadores de una
brigada en particular (trabajadores de la
construccin, de una fbrica,
etc.), que son organizados por el Partido
Comunista para reaccionar con fuerza ante
cualquier situacin de desasosiego
social. Ocasionalmente, en tales situaciones
el gobierno usa a las BRR en lugar de la
polica o los militares. Los
de las fuerzas de seguridad cometieron numerosas
y graves violaciones de los derechos humanos.
La economa fue de planificacin
centralizada, con algunos elementos de capitalismo
manejado por el estado en sectores como
el turismo y la minera. La poblacin
del pas era de aproximadamente 11
millones. La economa dependa
fuertemente de productos bsicos
como el azcar y los minerales, pero
tambin de su industria del turismo
desarrollada recientemente y de las remesas
de los emigrantes. La economa tuvo
un desempeo pobre durante el ao,
principalmente debido a las polticas
ineficientes. La zafra anual de azcar
fue la ms pequea desde 1933,
parcialmente como resultado de una reestructuracin
de la industria azucarera que incluy
el cierre de la mitad de los ingenios del
pas y la eliminacin de una
cuarta parte de los empleos en la industria.
Funcionarios del gobierno predijeron que
la economa crecera el 1,5
por ciento durante el ao. La poltica
del gobierno ha sido dirigida oficialmente
a prevenir la disparidad econmica,
pero las personas con a dlares
disfrutaron de condiciones de vida significativamente
ms altas que aquellas con
slo a pesos. Durante el ao,
el gobierno reprimi a los negocios
pequeos y anunci nuevos
impuestos sustanciales parta quienes alquilan
habitaciones privadas, imponiendo penurias
adicionales a quienes operan en el pequeo
sector privado del pas. Continu
un sistema de "apartheid turstico"
en el que se les niega a los ciudadanos
a hoteles, playas y centros de recreacin
reservados para los turistas extranjeros.
El pobre historial de derechos humanos
del gobierno empeor, y sigui
cometiendo numerosas violaciones graves.
Los ciudadanos no tuvieron el derecho a
cambiar su gobierno pacficamente.
Aunque la Constitucin permite que
se sometan a la Asamblea Nacional del Poder
Popular (ANPP) propuestas legislativas respaldadas
por al menos 10.000 ciudadanos, el gobierno
rechaz en el 2002 una peticin
conocida como el Proyecto Varela con ms
de 11.000 firmas que solicitaba un referndum
nacional sobre reformas polticas
y econmicas. En octubre, los organizadores
del Proyecto Varela presentaron una segunda
peticin a la ANPP con ms
de 14.000 firmas nuevas. Las organizaciones
de masas afiliadas al Partido Comunista
controlaron estrechamente las elecciones
a los cuerpos legislativos nacionales y
provinciales, lo cual result en
la eleccin de nicamente
candidatos aprobados por el gobierno. En
marzo, el gobierno arrest a 75 activistas
de los derechos humanos, periodistas independientes
y figuras de la oposicin poltica
aduciendo diversos cargos, incluso de ayudar
a una potencia extranjera y de violar las
leyes de seguridad nacional. Las autoridades
sometieron a los detenidos a juicios sumarios
y los sentenciaron a penas de prisin
que van de 6 a 28 aos. Durante el
ao, fueron arrestados otros activistas
de los derechos humanos por actos como la
posesin y exhibicin pblica
de literatura sobre derechos humanos, recibir
dinero y medicamentos desde el exterior
para las familias de los presos polticos,
comunicarse con organizaciones periodsticas
internacionales y organizar reuniones y
manifestaciones para pedir reformas polticas.
de las fuerzas de seguridad y
funcionarios carcelarios continuaron sus
malos tratos y el abuso de detenidos y presos,
inclusive contra activistas de los derechos
humanos. El gobierno omiti encausar
o sancionar adecuadamente a los
de las fuerzas de seguridad y guardias carcelarios
que cometan abusos. Las condiciones
carcelarias siguieron siendo penosas y amenazantes
para la vida y el gobierno limit
los cuidados mdicos a algunos prisioneros
con el propsito de ejercer control
sobre ellos. Hubo prisioneros que murieron
en la crcel debido a la falta de
cuidados mdicos. De modo rutinario,
las autoridades continuaron hostigando,
amenazando, arrestando arbitrariamente,
deteniendo, encarcelando y difamando a defensores
de los derechos humanos y de asociaciones
profesionales independientes, inclusive
a periodistas, economistas, mdicos
y abogados, a menudo con el objetivo de
coaccionarlos para que abandonaran el pas.
El gobierno impuso el exilio interno y externo
contra estas personas. El gobierno neg
el debido proceso de la ley a los disidentes
y a defensores de derechos humanos y los
someti a juicios injustos. El gobierno
infringi el derecho de los ciudadanos
a la intimidad personal. El gobierno neg
a los ciudadanos la libertad de expresin,
prensa, reunin y asociacin
y mediante mtodos de vigilancia
fsica y electrnica, vigil
de cerca a los periodistas nacionales e
internacionales. Limit la distribucin
de publicaciones y noticias extranjeras,
restringi el a la Internet
y mantuvo una estricta censura sobre las
noticias y la informacin al pblico.
El gobierno restringi algunas actividades
religiosas aunque permiti otras.
El gobierno limit el ingreso de
trabajadores religiosos al pas.
El gobierno mantuvo estrictas restricciones
a la libertad de movimiento, incluida la
libertad de viajar al extranjero, y a algunos
ciudadanos no les permiti salir
del pas. El gobierno se opuso spera
y pblicamente a todas las crticas
a sus prcticas en materia de derechos
humanos y desalent el o con
activistas de derechos humanos en el extranjero.
La violencia contra la mujer, especialmente
la violencia domstica y la prostitucin
infantil, fueron problemas. La discriminacin
racial fue un problema. El gobierno restringi
severamente los derechos de los trabajadores,
inclusive el derecho de formar sindicatos
independientes.
RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS
Seccin 1. Respeto a la integridad
de la persona, incluido estar libre de:
a. Privacin arbitraria e ilegal
de la vida
No hubo muertes polticas; sin embargo,
el 11 de abril, el gobierno ejecut
sumariamente a tres personas por haber secuestrado
un trasbordador, tras un juicio sumario
y una revisin superficial de las
condenas a muerte.
Los tres hombres, Lorenzo Copello Castillo,
Brbaro Sevilla Garca y Jorge
Martnez Isaac, fueron arrestados
en marzo por haber secuestrado el trasbordador
en un intento de emigrar ilegalmente. El
5 de abril la Corte Provincial de la Ciudad
de La Habana inici el juicio y el
8 de abril declar culpable a los
tres hombres. El 9 de abril la Corte Suprema
rechaz sus apelaciones y el Consejo
de Estado confirm las sentencias
de muerte. El 11 de abril el gobierno ejecut
a los tres hombres y no avis a sus
familias hasta despus que haban
sido enterrados. La Comisin Interamericana
de Derechos Humanos (CIDH) y otros observadores
internacionales criticaron las ejecuciones,
en particular la naturaleza sumaria de los
juicios de los secuestradores y la ausencia
de proceso debido. La CIDH determin
que el proceso que condujo a las ejecuciones
constituy "privacin
arbitraria de la vida". Los observadores
locales de derechos humanos sealaron
la naturaleza particularmente severa de
los castigos teniendo en cuenta el hecho
de que no hubo personas heridas durante
el secuestro.
Durante el ao hubo informes de
que algunos presos murieron en prisin
debido a la falta de atencin mdica
(vase la Seccin 1.c.)
b. Desapariciones
No hubo informes de desapariciones por
motivos polticos.
c. Tortura y otro trato o castigo cruel,
inhumano o degradante
La Constitucin prohbe el
trato abusivo de detenidos y presos; sin
embargo, hubo casos en que de las
fuerzas de seguridad golpearon y cometieron
atropellos contra defensores de los derechos
humanos, detenidos y presos. El gobierno
no tom medidas para frenar estos
atropellos. Ha habido numerosos informes
de hostigamiento policial desmedido contra
jvenes negros (vase la Seccin
5).
El 22 de enero, la polica forz
a Jos Daniel Ferrer Garca
y a un colega a descender de un autobs
y los golpe. Ferrer era dirigente
local del Movimiento Cristiano Liberacin
y organizador del Proyecto Varela. En abril,
la Corte Provincial de Santiago lo conden
a 25 aos de prisin por "actos
contra la independencia o la integridad
territorial del estado" (vase
la Seccin 1.e.).
El 11 de febrero la polica de la
provincia de Santiago golpe a Daniel
Perea Garca del Movimiento Cristiano
Liberacin y lo arrastr a
una estacin de polica local
donde fue multado y dejado en libertad.
Perea fue uno de varios del Movimiento
Cristiano Liberacin arrestados tras
una serie de ataques organizados por el
gobierno contra de la oposicin
en la provincia de Santiago.
El gobierno continu sometiendo
a "actos de repudio" a aqullos
que estn en desacuerdo con l.
A instigacin del gobierno,
de las organizaciones de masas controladas
por el estado, compaeros de trabajo
o vecinos de las vctimas elegidas
fueron obligados a montar protestas pblicas
contra aqullos que disienten de
las polticas del gobierno, gritando
expresiones obscenas y a menudo causando
daos a los hogares y propiedades
de las personas objeto del repudio; en ocasiones
ocurrieron ataques fsicos contra
las vctimas. La polica y
los agentes de la seguridad del estado estaban
con frecuencia presentes, pero no hacan
nada para impedir los ataques o terminar
con ellos. Los que se negaban a participar
en estas acciones encaraban medidas disciplinarias,
inclusive la prdida del empleo.
En enero, el primer secretario del Partido
Comunista en la provincia de Granma y varios
candidatos del gobierno en las elecciones
de la Asamblea Nacional del Poder Popular
(ANPP) del 19 de enero ordenaron a varias
docenas de personas que participaran en
un acto de repudio contra Tania de la Torre
Montesinos de la Asamblea para Promover
la Sociedad Civil. Los funcionarios del
gobierno colocaron a nios pequeos
al frente de adultos armados con bastones
y ordenaron a los nios a corear
lemas progubernamentales ante de la Torre.
El 4 de febrero, 4.100 de una
BRP (Brigada de Respuesta Rpida)
atacaron el hogar de Jess Mustaf
Felipe del Movimiento Cristiano Liberacin,
profiriendo amenazas de muerte y lemas progubernamentales.
Segn los de la oposicin
que se refugiaron en el hogar de Mustafa,
varios individuos rociaron un pesticida
txico en la casa durante el ataque.
El 18 de febrero Mustafa fue juzgado bajo
cargos de "desacato a la autoridad"
y condenado a 18 meses de prisin.
En marzo, las autoridades impusieron cargos
adicionales contra Mustafa y lo condenaron
a 25 aos de prisin tras
un juicio sumario (vase la Seccin
1.e).
Hubo tambin actos de repudio en
pequea escala, conocidos como "reuniones
relmpago" o repudios rpidos.
Estos actos estuvieron a cargo de pocos
individuos que, por lo comn, no
son vecinos de la persona objeto del repudio,
y pueden durar hasta 30 minutos. Estos individuos
gritan insultos y arrojan piedras u otros
objetos contra la casa de la vctima.
El 30 de julio, de un CDR (Comit
de Defensa de la Revolucin) gritaron
lemas progubernamentales a su compaera
de CDR Olga Lidia Arbolaez Crespo por haber
firmado la peticin Varela. Segn
un periodista independiente, Arbolaez fue
forzada a refugiarse en su hogar cuando
sus atacantes amenazaron con apedrearla
por haber declarado que los ciudadanos necesitaban
ms libertad poltica y por
haber hecho otras "declaraciones subversivas".
Las condiciones de las prisiones siguieron
siendo penosas y amenazantes para la vida,
y las condiciones en las instalaciones de
detencin tambin eran duras.
El gobierno aleg que los presos
tenan derechos tales como las visitas
de familiares, una alimentacin adecuada,
la remuneracin por su trabajo, el
derecho de solicitar libertad condicional
y el derecho de peticionar al director de
la prisin; sin embargo, en la prctica,
la polica y los funcionarios carcelarios
denegaban a menudo estos derechos, y golpeaban,
trataban negligentemente, aislaban y les
negaban tratamiento mdico a detenidos
y presos, inclusive los convictos de delitos
polticos o aquellos que persistan
en manifestar sus opiniones. El Cdigo
Penal prohbe el uso de castigos
corporales contra los presos y el uso de
cualquier medio para humillar a los presos
o menoscabar su dignidad; sin embargo, el
cdigo omite establecer castigos
por cometer tales actos, que siguieron ocurriendo
en la prctica. Detenidos y presos,
tanto comunes como polticos, estuvieron
a menudo sujetos a interrogatorios vigorosos
y repetidos, diseados para forzarlos
a firmar declaraciones incriminatorias,
forzarlos a colaborar con las autoridades
o intimidar a las vctimas. Algunos
sufrieron atropellos fsicos y sexuales,
tpicamente por parte de otros presos
con el consentimiento de los guardias, o
largos perodos en celdas aisladas
de castigo. Antes del juicio, se mantuvo
a los detenidos separados de los presos
ya declarados culpables, aunque algunos
detenidos durante largo plazo, inclusive
los detenidos polticos, fueron encarcelados
junto con presos culpables. Haba
en La Habana dos centros de detencin;
una vez sentenciadas, las personas eran
transferidas a una prisin.
En junio, el preso poltico Manuel
Vzquez Portal, uno de los 75 activistas
que haban sido arrestados por el
gobierno en marzo, inform que su
celda era inundada diariamente con agua
y que regularmente se filtraban en la misma
aguas servidas de una letrina. Vzquez
fue sentenciado a 18 aos de prisin
por su labor como periodista independiente
(vase la Seccin 2.a.).
Algunas veces se mantena a los
presos en "celdas de castigo",
que generalmente estaban ubicadas en el
stano de la prisin, permanecan
continuamente en una semioscuridad, no contaban
con agua y tenan un agujero en el
piso como retrete. No se permitan
materiales de lectura y las visitas familiares
se reducan a 10 minutos en vez de
1 2 horas. Mientras estaban en
las celdas de castigo, los presos no tenan
a sus abogados.
El 31 de enero, un oficial de reeducacin
poltica golpe al periodista
independiente Carlos Brizuela Yera encarcelado
por poseer ejemplares de la Declaracin
Universal de los Derechos Humanos y un informe
de la organizacin no gubernamental
internacional Reporteros Sin Fronteras.
Brizuela fue arrestado en marzo del 2002
bajo cargos de desorden pblico,
resistencia y desacato a la autoridad, y
permaneca encarcelado sin haber
sido sometido a juicio.
El 2 de septiembre, funcionarios carcelarios
golpearon con un barrote al preso poltico
Angel Ramn Eireos Rodrguez,
del Movimiento 24 de Febrero, por exigir
que se mejoren las condiciones de encarcelamiento.
Eireos haba sido encarcelado el
28 de febrero y cumpla una condena
a 20 meses de crcel bajo cargos
de "resistencia" y "desacato
a la autoridad".
Guardias carcelarios y funcionarios de
la seguridad del estado sometieron a activistas
prodemocrticos y de derechos humanos
a amenazas de violencia corporal, a la intimidacin
psicolgica sistemtica y
a la detencin o encarcelamiento
en celdas junto con delincuentes comunes
y violentos, presos sexualmente agresivos
o agentes de seguridad del estado que se
hacan pasar por presos.
En enero, el preso poltico Juan
Carlos Gonzlez Leyva inform
que
otro recluso haba entrado a su celda
durante la noche y haba intentado
golpearlo, pero huy cuando Gonzlez
Leyva se despert. Las autoridades
de la prisin dijeron a la familia
de Gonzlez Leyva que tomaran
medidas para impedir la repeticin
de esos incidentes. Gonzlez Leyva
es ciego y fue arrestado en marzo del 2002
acusado de "desacato a la autoridad,
desorden pblico, desobediencia y
resistencia". Los fiscales pidieron
una condena a 6 aos para Gonzlez
Leyva pero al terminar el ao segua
encarcelado sin juicio.
El 18 de septiembre, cinco presos polticos
de la Prisin 1580 de La Habana se
declararon en huelga de hambre para exigir
proteccin de los presos comunes,
que golpeaban a los presos polticos
por instigacin de los guarda crceles.
El 22 de septiembre, la polica golpe
a dos de los huelguistas de hambre, Iosvani
Aguilar Camejo y Jos Enrique Santana,
para inducirlos a abandonar su protesta.
Aguilar y Santana se contaban entre las
300 personas arrestadas por el gobierno
el febrero del 2002 despus que 21
personas que buscaban asilo poltico
usaron un autobs para irrumpir en
la embajada mexicana.
En octubre, siete presos polticos
en la Prisin Provincial de Holgun
se declararon en huelga de hambre para reclamar
por una golpiza propinada al periodista
independiente encarcelado Ivn Hernndez
Carrillo por el funcionario de la prisin
encargado de la reeducacin poltica.
Las autoridades carcelarias denegaron un
pedido de las familias de los huelguistas
de hambre para ver a los presos a fin de
verificar su estado de salud y prohibieron
a los presos que se comunicaran con sus
familias. Los funcionarios carcelarios pusieron
fin a la protesta en noviembre mediante
la separacin de los huelguistas
de hambre y su envo a diferentes
prisiones.
En octubre, la familia de Leonardo Bruzn
Avila inform que l realizara
una huelga de hambre desde el 10 de octubre
hasta el 11 de noviembre para demandar la
libertad de todos los presos polticos.
Se inform que funcionarios de Seguridad
del Estado ofrecieron dejar a Bruzn
en libertad en julio si permita
que se lo filmara conversando con ellos.
Bruzn declin el ofrecimiento,
sospechando que las autoridades usaran
ese film para acusarlo falsamente de ser
agente del gobierno, y los oficiales lo
trasladaron desde una instalacin
mdica de detencin a una
prisin regular. Bruzn haba
sido encarcelado en febrero del 2002 bajo
cargos de desobediencia civil y, al terminar
el ao, segua encarcelado
sin haber sido sometido a juicio.
El 6 de diciembre un preso comn
en la Prisin Provincial de Holgun
golpe al preso poltico de
54 aos Adolfo Fernndez Sainz
hasta dejarlo inconsciente. El preso que
infligi la golpiza estaba autorizado
por los guardias carcelarios a ejercer control
sobre otros reclusos. Los funcionarios de
la prisin dijeron a Fernndez
Sainz que el preso comn debera
haberlo golpeado ms fuerte para
matarlo. En abril Fernndez Sainz
haba sido sentenciado a 15 aos
de prisin por su labor como periodista
independiente (vase la Seccin
2.a.).
A los presos polticos se les exigi
cumplir con las reglas de los delincuentes
comunes y, con frecuencia, fueron castigados
severamente si se negaban a ello. A menudo
se los recluy en celdas de castigo
y se los mantuvo en aislamiento.
El 9 de junio, Elsa Morejn, la
esposa del preso poltico Oscar Elas
Biscet, inform que Biscet era mantenido
en una diminuta celda de aislamiento por
negarse a vestir el uniforme de la prisin.
Morejn afirm que a los presos
comunes se les permita vestir sus
ropas civiles y crea que a Biscet
se lo singularizaba en el castigo por sus
opiniones polticas. La celda de
Biscet fue sellada para impedir que entrara
la luz diurna y no se le permita
salir a hacer ejercicios o tener una Biblia.
Las autoridades prohibieron que Biscet recibiera
visitas desde marzo hasta agosto, cuando
le permitieron que viera a su esposa. Las
condiciones de Biscet mejoraron en agosto,
aunque sigui negndose a
vestir el uniforme de la prisin.
En noviembre se lo coloc durante
21 das en una celda de castigo junto
con un asesino convicto por supuestamente
haber incitado a otros presos a exigir mejor
trato por parte de los funcionarios de la
prisin y las autoridades volvieron
a suspenderle las visitas familiares. En
diciembre las autoridades avisaron a Morejn
que Biscet sera colocado en una
celda de castigo indefinidamente por no
rendir la deferencia apropiada a los funcionarios
de la prisin. Biscet era uno de
los 75 presos polticos sometidos
a juicios sumarios en abril (vase
la Seccin 1.e.).
El gobierno omiti proveer regularmente
de alimentacin y atencin
mdica adecuadas, y varios presos
murieron durante el ao debido a
falta de atencin mdica.
Tanto la Comisin Interamericana
de Derechos Humanos (CIDH) como el ex Relator
Especial de la ONU para el pas,
as como tambin otras organizaciones
que vigilan las violaciones de los derechos
humanos, han informado sobre la frecuencia
generalizada de tuberculosis, sarna, hepatitis,
infecciones parasitarias y desnutricin
en las crceles. El 30 de julio,
Amnista Internacional (AI) expres
preocupacin al gobierno con respecto
al pobre estado de salud de numerosos presos
polticos, las limitaciones sobre
las visitas familiares a algunos de los
presos polticos y el encarcelamiento
de muchos de los presos polticos
lejos de sus provincias de origen. El gobierno
no le respondi a AI.
En mayo, Miriam Leyva, la esposa del periodista
independiente encarcelado Oscar Espinosa
Chepe, inform que los funcionarios
de la prisin no estaban suministrando
tratamiento mdico adecuado a Chepe,
quien sufre de enfermedad al hgado,
presin sangunea alta, plipos
intestinales y otras enfermedades. Chepe
era uno de los 28 periodistas independientes
condenados a largas penas de prisin
en abril tras los juicios sumarios (ver
Seccin 2.a.). Segn Leyva,
Chepe perdi 25 libras (unos 11,5
kilos) debido a diarrea y falta de atencin
mdica en las semanas posteriores
a su arresto, condiciones agravadas por
su traslado a una prisin distante
800 kilmetros de La Habana. Los
funcionarios de la prisin denegaron
los numerosos pedidos de Leyva para ser
a Chepe o para suministrarle medicamentos.
Un mdico de la prisin inform
a Leyva que eran agentes de Seguridad del
Estado, en vez de personal mdico,
quienes determinaban cuales medicamentos
se le istraran a Chepe. En
agosto las autoridades carcelarias trasladaron
a Chepe a un hospital militar en La Habana,
donde recibi mejor atencin
mdica y se le permiti ver
a su esposa, aunque sigui en pobre
estado de salud. Leyva se quej de
que los funcionarios de la prisin
limitaban su a los mdicos
de Chepe y mantenan a Chepe fuertemente
sedado.
En julio, el periodista independiente encarcelado
Juan Carlos Herrera Acosta inform
que el preso comn Carlos Duane muri
de un ataque cardaco despus
que funcionarios mdicos de la prisin
se negaron repetidamente a responder a las
quejas de Duane de dolores en el pecho.
Los funcionarios carcelarios regularmente
les negaron a los presos otros derechos,
como el de mantener correspondencia, y continuaron
confiscando medicamentos y comida que les
traan de sus familias.
Algunos directores de prisin rutinariamente
les negaban a los trabajadores religiosos
el a los detenidos y presos. No se
permitan materiales de lectura,
incluso biblias, en las celdas de castigo.
En septiembre, funcionarios en la Prisin
Kilo 8 en la provincia de Camagey
amenazaron con suspender las visitas familiares
a nueve presos polticos que se lean
la Biblia entre ellos en voz alta. Los nueve
presos, Eduardo Daz Fleites, Ricardo
Gonzlez Alfonso, Lester Gonzlez
Penton, Juan Carlos Herrera Acosta, Regis
Iglesias Ramrez, Jos Miguel
Martnez, Omar Rodrguez Saludes,
Claro Snchez Altarriba, y Miguel
Valds Tamayo, se contaban entre
los 75 activistas y periodistas independientes
arrestados en marzo y condenados a largas
penas de prisin tras juicios sumarios
(vase la Seccin 1.e.).
Haba instalaciones carcelarias
separadas para mujeres y para menores. Las
condiciones de estas prisiones, especialmente
en las de mujeres, no tomaron en cuenta
las necesidades especiales de las mujeres.
Los activistas de los derechos humanos consideraron
que las condiciones eran malas.
El gobierno no permiti que grupos
nacionales o internacionales de vigilancia
de los derechos humanos inspeccionaran independientemente
las condiciones carcelarias. Desde 1989,
el gobierno se ha negado a permitir visitas
en las prisiones por el Comit Internacional
de la Cruz Roja (CICR).
d. Arresto arbitrario, detencin
o exilio
El arresto y la detencin arbitrarios
siguieron siendo un problema y siguieron
siendo las armas ms eficaces del
gobierno para hostigar a los opositores.
La Ley de Procedimientos Penales exige que
la polica instruya de cargos formales
al detenido, lo libere o lleve el caso ante
un fiscal dentro de 96 horas despus
del arresto. Tambin exige que las
autoridades proporcionen a los sospechosos
el a un abogado dentro de los siete
das despus del arresto.
Sin embargo, la Constitucin establece
que todas las libertades civiles legalmente
reconocidas pueden serle denegadas a cualquiera
que se oponga activamente a la decisin
del pueblo cubano de construir el socialismo.
Las autoridades invocaron rutinariamente
esta autoridad absoluta para negarle el
debido proceso de ley a los detenidos por
supuestos delitos contra la seguridad del
estado.
El Ministerio del Interior ejerce el control
sobre la polica y las fuerzas de
seguridad interna. La Polica Nacional
Revolucionaria (PNR) es la principal organizacin
de aplicacin de la ley y en general
es eficaz para investigar los delitos comunes.
Unidades especializadas del Ministerio del
Interior son las encargadas de vigilar,
infiltrar y suprimir a los grupos polticos
de oposicin, aunque la PNR desempea
una funcin de apoyo al realizar
allanamientos domiciliarios y proveer instalaciones
de interrogatorio a los agentes de Seguridad
del Estado. Hubo pocos informes de corrupcin,
aunque las autoridades arrestaron a varios
oficiales de la PNR en enero por cargos
de corrupcin durante una campaa
de represin del trfico de
narcticos y otras actividades ilegales.
Las autoridades incurrieron de manera rutinaria
en el arresto y la detencin arbitraria
de los activistas de los derechos humanos,
sometindolos a interrogatorios,
amenazas y tratamiento degradante y condiciones
insalubres durante horas o das en
cada ocasin. Frecuentemente, la
polica careca de rdenes
de arresto al efectuar estos, o las emita
por s misma en el momento de hacerlos.
En ocasiones las autoridades empleaban falsas
acusaciones de delitos comunes para arrestar
a opositores polticos. A los detenidos
a menudo no se les informaba de las acusaciones
contra ellos. Las autoridades siguieron
deteniendo a los activistas de los derechos
humanos y periodistas independientes durante
perodos cortos, a menudo para impedirles
asistir o participar en eventos relacionados
con cuestiones de derechos humanos (vase
las Secciones 2.a. y 2.b.). Las autoridades
pusieron tambin a esos activistas
bajo arresto domiciliario durante perodos
breves, por razones similares.
En marzo, las autoridades arrestaron a
75 activistas de los derechos humanos, periodistas
y figuras de los grupos de oposicin,
acusndolos de diversos delitos,
incluidas violaciones de seguridad nacional
y asistencia a una potencia extranjera.
El Alto Comisionado de las Naciones Unidas
para los derechos humanos expres
preocupacin con respecto a los arrestos
y a los juicios sumarios, al igual que lo
hicieron muchos gobiernos, organizaciones
internacionales y figuras pblicas.
Los 75 presos polticos incluyeron
28 periodistas independientes, 9 bibliotecarios
independientes y por lo menos 21 personas
vinculadas con el Proyecto Varela. Varios
de los presos eran ancianos; 21 de los presos
tenan ms de 50 aos.
A mediados de marzo la polica arrest
a Regis Iglesias Ramrez del Movimiento
Cristiano Liberacin bajo cargos
de "actos contra la independencia o
la integridad territorial del estado".
El 5 de abril, la Corte provincial de la
Ciudad de La Habana conden a Iglesias
Ramrez, uno de los organizadores
del Proyecto Varela, a 18 aos de
prisin (vase la Seccin
1.e.).
El 18 de marzo funcionarios del Ministerio
del Interior arrestaron al poeta y periodista
independiente Ral Rivero bajo cargos
de "actos contra la independencia o
la integridad territorial del estado".
El 5 de abril fue declarado culpable y condenado
a 20 aos de prisin (vase
la Seccin 2.a.).
El 20 de marzo funcionarios del Ministerio
del Interior arrestaron a Martha Beatriz
Roque de la Asamblea para Promover la Sociedad
Civil por actos contra la independencia
o la integridad territorial del estado.
El 25 de marzo la polica arrest
al observador de los derechos humanos Marcelo
Manuel Lpez Banobre de la Comisin
Cubana para los Derechos Humanos y la Reconciliacin
Nacional despus que l visit
una embajada extranjera en La Habana. Las
autoridades sometieron a Lpez a
un juicio sumario y lo condenaron a 15 aos
de prisin conforme al artculo
91 del Cdigo Penal sobre actos contra
la independencia o la integridad territorial
del estado (vase la Seccin
1.e.). Fue castigado, en parte, por su labor
en nombre de AI y de otras organizaciones
internacionales de derechos humanos.
Muchos de los 75 activistas sometidos a
juicios sumarios en abril informaron que
tuvieron poco o ningn a un
abogado y a muchos slo se les inform
de los cargos en su contra cuando los juicios
estaban por comenzar. Por ejemplo, el periodista
independiente Manuel Vzquez Portal
fue arrestado el 19 de marzo pero no pudo
ver un abogado hasta el da de su
juicio el 4 de abril.
Al terminar el ao haba
por lo menos 32 detenidos polticos
que esperaban ser juzgados. La mayora
de los 32 llevaban detenidos ms
de un ao.
Segn los parientes, al terminar
el ao aproximadamente 9 de las 300
personas arrestadas cerca de la embajada
mexicana en febrero del 2002 permanecan
encarceladas sin haber sido sometidas a
juicio.
A menudo, el gobierno mantuvo a personas
detenidas durante meses sin formularles
cargos para luego ponerlas en libertad,
lo que evit el espectculo
de un juicio.
La polica de seguridad del estado
us las detenciones y las advertencias
para prevenir que organizaciones del pas
llevaran a cabo algn acto en recuerdo
de los cuatro pilotos muertos por aviones
militares en febrero de 1996.
En algunas ocasiones las autoridades detuvieron
a periodistas independientes para preguntarles
acerca de os con extranjeros o para
impedirles cubrir cuestiones delicadas o
criticar al gobierno (vase la Seccin
2.a.).
El tiempo que se pasa en detencin
antes del juicio se descuenta del tiempo
que debe cumplir el convicto. Las fianzas
eran accesibles y por lo general bajas;
ms bien equivalan a una
multa.
El Cdigo Penal incluye el concepto
de "peligrosidad", que se define
como la "proclividad especial de una
persona a cometer crmenes, demostrada
por su conducta en contradiccin
manifiesta con las normas socialistas".
Si la polica decide que una persona
exhibe seales de peligrosidad, puede
llevar al delincuente ante un tribunal o
someterlo a terapia o reeducacin
poltica. Las autoridades gubernamentales
amenazaban regularmente con encausamientos
de acuerdo con esta provisin. Tanto
la Comisin de Derechos Humanos de
las Naciones Unidas (CDHNU) como la CIDH
criticaron esta tctica por su subjetividad,
la naturaleza sumaria de los procedimientos
judiciales empleados, la falta de salvaguardias
legales y las consideraciones polticas
que sustentaron su aplicacin. Segn
la CIDH, la llamada inclinacin especial
a cometer delitos a que se refiere el Cdigo
Penal equivala a un criterio subjetivo
usado por el gobierno para justificar violaciones
de las libertades individuales y el debido
proceso de ley, en contra de personas cuyo
nico delito era sustentar una opinin
diferente de la opinin oficial.
El gobierno tambin us el
exilio como instrumento para controlar y
eliminar la oposicin interna. El
Cdigo Penal permite a las autoridades
extraar a un individuo de un rea
determinada o confinarlo en un rea
determinada por un perodo de 1 a
10 aos. Conforme a esta provisin,
las autoridades pueden exiliar a cualquier
persona cuya presencia en un lugar determinado
podra ser "socialmente peligrosa".
El 23 de mayo funcionarios del Ministerio
del Interior notificaron al periodista independiente
Oscar Mario Gonzlez que no debera
regresar de un viaje que tena planeado
a Espaa. Los funcionarios advirtieron
a Gonzlez que sera encarcelado
25 aos si segua trabajando
como periodista.
El gobierno presion a los activistas
de derechos humanos y presos polticos
para que solicitaran emigrar y, por lo regular,
condicion su liberacin a
la aceptacin del exilio. Human Rights
Watch observ que el gobierno invocaba
de modo rutinario el exilio forzoso como
una condicin para la liberacin
de presos y tambin presionaba a
los activistas para que dejaran el pas
a fin de escapar de un futuro encausamiento.
Amnista Internacional (AI) expres
particular preocupacin ante la prctica
del gobierno de amenazar con acusar, juzgar
y meter en prisin a defensores de
los derechos humanos y periodistas independientes
antes del arresto o la sentencia, si no
dejaban el pas. De acuerdo con AI,
esta prctica "impide efectivamente
a los concernidos poder actuar en la vida
pblica en su propio pas".
e. Rechazo a un juicio pblico imparcial
La Constitucin establece la existencia
de tribunales independientes; sin embargo,
los subordina explcitamente a la
Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP)
y al Consejo de Estado. La ANPP y sus homlogos
en niveles inferiores eligen a todos los
jueces. La subordinacin de los tribunales
al Partido Comunista, que la Constitucin
designa como la fuerza directiva superior
de la sociedad y del estado, compromete
an ms la independencia del
poder judicial. Los tribunales socavan el
derecho a un juicio imparcial al restringir
el derecho a la defensa y con frecuencia
no observan los pocos derechos de debido
proceso de ley de que disponen los acusados.
Existen tribunales civiles a nivel municipal,
provincial y en la Corte Suprema. Los presiden
grupos compuestos por una mezcla de jueces
profesionalmente acreditados y jueces legos.
Hay derecho a la apelacin,
a consejeros, y las acusaciones generalmente
son comunicadas al acusado, aunque varios
de los detenidos polticos sometidos
a juicios sumarios en abril no conocieron
los cargos contra ellos hasta momentos antes
de que fueran a comenzar sus juicios. Se
supone que se presume la inocencia de los
acusados, pero con frecuencia las autoridades
ignoraron este derecho en la prctica.
Los tribunales militares asumieron jurisdiccin
en ciertos casos contrarrevolucionarios
y estn gobernados por una ley especial.
Los tribunales militares procesan a civiles
si algn miembro militar estuvo involucrado
con civiles en algn delito. Hay
derecho a la apelacin, a
consejeros, y las acusaciones se le comunican
al acusado.
Las leyes y las prcticas de juicio
no cumplieron las normas internacionales
de los juicios pblicos imparciales.
Casi todos los casos se juzgaron en menos
de un da; no hubo juicios por jurado.
Aunque la mayora de los juicios
fueron pblicos, se efectuaron a
puertas cerradas cuando se alegaba que estaba
involucrada la seguridad del estado. Los
fiscales pueden presentar el testimonio
de un miembro de los CDR en cuanto a los
antecedentes revolucionarios del acusado,
lo cual puede contribuir a extender o reducir
su condena. La ley reconoce el derecho de
apelacin en los tribunales municipales,
pero lo restringe en los tribunales provinciales
a los casos en que se ha aplicado la condena
mxima de prisin o la pena
capital. La apelacin en casos de
pena capital es automtica. En ltima
instancia la pena capital debe ser confirmada
por el Consejo de Estado.
Los criterios para la presentacin
de pruebas, especialmente en los casos de
activistas de los derechos humanos, fueron
arbitrarios y discriminatorios. Con frecuencia
la nica prueba presentada, particularmente
en los casos polticos, fue la confesin
del acusado, usualmente obtenida bajo coaccin
y sin el consejo legal o el conocimiento
de un abogado defensor (vase la
Seccin 1.c.). Regularmente las autoridades
les negaron a los acusados el a sus
abogados hasta el da del juicio.
Varios disidentes que haban cumplido
sus condenas de prisin informaron
que fueron juzgados y sentenciados sin asistencia
legal y que no se les permiti hablar
en su defensa.
A comienzos de abril, el gobierno juzg
sumariamente a 75 periodistas independientes,
activistas de derechos humanos y
de la oposicin poltica por
supuestos actos contra la independencia
o la integridad territorial del estado o
por ayudar a una potencia extranjera. Los
75 detenidos fueron arrestados, juzgados,
declarados culpables y condenados en un
perodo de 20 das. El 9 de
abril el gobierno afirm que a los
75 detenidos se les haban proporcionado
garantas legales durante los juicios;
sin embargo, las familias de los detenidos
disputaron esa afirmacin. La mayora
de los abogados de los 75 detenidos tuvieron
menos de 24 horas para prepararse para el
juicio, y varios de los detenidos no supieron
que iban a ser juzgados hasta el momento
en que fueron escoltados al tribunal. Los
autoridades permitieron que nmeros
pequeos de de la familia
asistieran a los juicios pero excluyeron
a los observadores pblicos y diplomticos
y llenaron los tribunales con partidarios
del rgimen. La familia de Luis Enrique
Ferrer Garca del Movimiento Cristiano
Liberacin fue excluida del tribunal
durante el juicio y se inform que
del pblico empujaron e
hicieron caer al suelo a la madre de 56
aos de edad de Ferrer mientras ella
esperaba afuera por el veredicto. Mucha
de la evidencia contra los acusados consisti
de alegaciones infundadas o sin especificar
de actividades contra el gobierno en beneficio
de una potencia extranjera y vagas acusaciones
de conducta "contrarrevolucionaria".
La declaracin suministrada por 12
agentes de Seguridad del Estado infiltrados
en grupos de la oposicin consisti
principalmente de ataques contra el carcter
de varios de los acusados. En junio AI descubri
que "la conducta por la cual fueron
procesados los disidentes no fue auto evidentemente
delictiva conforme a las normas internacionales".
AI determin que los 75 activistas
encarcelados eran "prisioneros de conciencia".
La ley otorga al acusado el derecho de
tener un abogado defensor, pero el control
que ejerce el gobierno sobre los medios
de vida de los de bufetes colectivos
controlados por el estado -- especialmente
cuando defienden a personas acusadas de
delitos contra la seguridad del estado --,
compromete su capacidad de representar a
sus clientes. Se ha informado que los abogados
eran renuentes a defender a los acusados
en casos polticos por temor de poner
en peligro sus propias carreras.
El 4 de abril la Corte Provincial de la
Ciudad de La Habana conden a Martha
Beatriz Roque Cabello de la Asamblea para
Promover la Sociedad Civil a 20 aos
de prisin por "actividades
dirigidas a subvertir el orden interno del
estado cubano" y por supuestamente
haber recibido fondos y mantener vnculos
con un gobierno extranjero. Los fiscales,
que haban pedido la pena de reclusin
perpetua para Roque, no especificaron cmo
las actividades de Roque haban amenazado
la estabilidad del gobierno. Roque fue arrestada
el 20 de marzo mientras emprenda
una huelga de hambre para llamar la atencin
sobre el caso de Oscar Elas Biscet
y otros presos polticos.
El 5 de abril la Corte Provincial de la
Ciudad de La Habana conden a Pedro
Pablo Alvarez Ramos del Consejo Unitario
de Trabajadores Cubanos a 25 aos
de prisin por actos contra la independencia
o la integridad territorial del estado.
Mucha de la evidencia contra Alvarez consisti
de un inventario de materiales en su posesin,
incluida una mquina de fax, papel
de fax y una cmara de video, as
como evidencia de sus os con sindicatos
en Amrica Latina y en Europa (vase
la Seccin 6.a.).
El 5 de abril la Corte Provincial de la
Ciudad de La Habana conden a Antonio
Daz del Movimiento Cristiano Liberacin
a 18 aos de prisin por actos
contra la independencia o la integridad
territorial del estado. El documento de
sentencia indic que las tarjetas
de negocios encontradas en poder de Daz
demostraban sus vnculos con diplomticos
extranjeros y que estos vnculos,
junto con los comentarios de Daz
a la prensa extranjera y su posesin
de libros "contrarrevolucionarios"
constituan una grave amenaza a la
seguridad nacional.
El 8 de abril la Corte Provincial de la
Ciudad de La Habana conden a Oscar
Elas Biscet de la Fundacin
Lawton de Derechos Humanos a 25 aos
de prisin por actos no especificados
contra la independencia o la integridad
territorial del estado. En el momento de
su juicio Biscet se encontraba detenido
por cargos separados de desorden pblico
derivados de su arresto en diciembre del
2002 por intentar organizar un seminario
de derechos humanos. Biscet fue dejado en
libertad en octubre del 2002 tras cumplir
una condena de 3 aos por "insultar
los smbolos de la patria" y
desorden pblico.
Los grupos que observan los derechos humanos
dentro del pas estimaron que la
cantidad de presos polticos fue
de 300 a 400 personas. Las autoridades encarcelaron
a personas bajo cargos tales como diseminacin
de propaganda enemiga, asociacin
ilcita, desacato a la autoridad
(por lo general por criticar al presidente
Castro), impresiones clandestinas o la acusacin
general de rebelin, que a menudo
se les haca a los propulsores del
cambio democrtico pacfico.
El gobierno no permiti que las organizaciones
de derechos humanos tuvieran a los
presos polticos. Sigui negndole
al CICR a los presos.
f. Interferencia arbitraria con la intimidad
personal, la familia, el hogar o la correspondencia
Aunque la Constitucin establece
la inviolabilidad de la residencia y la
correspondencia del ciudadano, la vigilancia
oficial de los asuntos privados y familiares
por parte de las organizaciones de masa
controladas por el gobierno, como los CDR
(Comits de Defensa de la Revolucin),
sigui siendo uno de los rasgos ms
penetrantes y represivos de la vida cotidiana.
El gobierno emple mtodos
de vigilancia fsica y electrnica
contra opositores polticos no violentos.
El estado asumi el derecho de interferir
en la vida de sus ciudadanos, aun en la
de quienes no se oponan activamente
al gobierno y sus prcticas. Las
autoridades utilizaron una amplia gama de
controles sociales. El propsito
aparente de las organizaciones de masa era
mejorar a la ciudadana, pero de
hecho su objetivo era descubrir y desalentar
la disconformidad. Aunque las estadsticas
oficiales indican que los CDR aumentaron
en la dcada pasada e incluan
al 93,5 por ciento de la poblacin
mayor de 14 aos, en realidad, la
participacin ciudadana en estas
organizaciones de masa disminuy.
La crisis econmica redujo a la vez
la capacidad del gobierno de proporcionar
incentivos materiales para su participacin
y forz a mucha gente a emprender
actividades en el mercado negro, acerca
de las cuales las organizaciones de masa
estn en la obligacin de
informar a las autoridades.
El Ministerio del Interior emple
un intrincado sistema de informantes y comits
de cuadra (los CDR) para vigilar y controlar
a la opinin pblica. Aunque
menos capaces que en el pasado, los CDR
siguieron informando sobre toda actividad
sospechosa, incluyendo el consumo ostentoso,
reuniones no autorizadas, incluso con presencia
extranjeros, y actitudes desafiantes hacia
el gobierno y la revolucin.
El gobierno control todo el
a la Internet y todos los mensajes de correo
electrnico estuvieron sujetos a
la censura. El servicio de Internet por
va telefnica result
prohibitivo para la mayora de los
ciudadanos. El Departamento de Seguridad
del Estado, del Ministerio del Interior,
a menudo lea la correspondencia
internacional y escuchaba las llamadas telefnicas
al exterior y las conversaciones con extranjeros.
El gobierno escuch tambin
llamadas telefnicas dentro del pas
y ley correspondencia interna. En
ocasiones el gobierno les negaba servicio
telefnico a los disidentes polticos.
Los telfonos celulares, por lo general,
no estaban a disposicin del ciudadano
medio.
En abril las autoridades revelaron que
haban usado camareros de hotel y
otras personas no oficiales para vigilar
las conversaciones de opositores al rgimen
en lugares pblicos. Los fiscales
del gobierno usaron testimonios de camareros
en el Hotel Nacional de La Habana para ayudar
a declarar culpables y condenar a largas
penas de prisin a 75 opositores
polticos durante juicios sumarios
en abril (vase la Seccin
1.e.).
A comienzos de agosto funcionarios del
Ministerio del Interior amenazaron con arrestar
a la esposa del preso poltico Blas
Giraldo Reyes Rodrguez si ella segua
recibiendo a activistas que la visitaban
para expresarle su simpata por el
encarcelamiento de su marido. La polica
dijo a Isel de las Mercedes Acosta Obregn
que la juzgara por violacin
de la Ley de Proteccin de la Independencia
Nacional y la Economa (Ley 88) (vase
la Seccin 2.a.) si no cesaba sus
"actividades contrarrevolucionarias".
El 5 de septiembre la polica amenaz
con tomar a la hija de tres meses de edad
de Milka Pena, la esposa del preso poltico
Luis Enrique Ferrer Garca. La polica
tambin advirti a Pena que
poda impedirle que recibiera remesas
del exterior, su principal fuente de ingresos
desde el encarcelamiento de su esposo en
marzo. La polica no explic
porqu estaba amenazando a Pena,
pero ella supuso que era porque tena
un cartel en su casa pidiendo la liberacin
de los presos polticos.
Hubo numerosos informes crebles
de desalojos forzados de intrusos y de residentes
que carecan de permiso legal para
residir en La Habana. El nmero de
desalojos forzados aument en todo
el pas durante el ao al
aplicar el gobierno reglamentaciones nuevas
y ms estrictas contra "ilegalidades"
de vivienda. El 14 de enero la polica
de la provincia de Santa Clara desaloj
a 11 familias de sus casas y demoli
los edificios, a pesar del hecho de que
el propietario haba autorizado a
las familias a establecerse all.
Las autoridades dieron a las familias 72
horas para retirar sus pertenencias antes
de desalojarlas.
A fines de septiembre la polica
desaloj a Hilda Machado de su hogar
en la provincia de La Habana por construir
una vivienda sin el permiso requerido. Machado
se quej de que ella haba
pagado previamente una multa por construir
sin un permiso, pero que se le haba
permitido continuar la construccin.
Varias docenas de vecinos protestaron por
el desalojo de Machado pero no pudieron
impedir que las autoridades le confiscaran
su propiedad.
Seccin 2. Respeto por las libertades
civiles, inclusive:
a. Libertad de expresin y libertad
de prensa
La Constitucin otorga a los ciudadanos
la libertad de expresin y la libertad
de prensa mientras "se conformen a
los objetivos de la sociedad socialista".
Dicha clusula, de hecho, impide
la libertad de expresin. Por ley
y en la prctica el Gobierno no permiti
la crtica de la revolucin
o de sus lderes. Las leyes contra
la propaganda antigubernamental, los dibujos
e inscripciones en los muros y el desacato
a las autoridades imponen castigos de entre
tres meses y un ao de prisin.
Si el presidente Castro o de la
Asamblea Nacional o del Consejo de Estado
eran el objeto de la crtica, la
sentencia poda extenderse a tres
aos. Las acusaciones de diseminar
propaganda enemiga, incluso simplemente
la expresin de opiniones en desacuerdo
con las del gobierno, podan acarrear
sentencias de un mximo de 14 aos.
Desde el punto de vista del gobierno, materiales
tales como la Declaracin Universal
de los Derechos Humanos, los informes internacionales
sobre las violaciones de los derechos humanos
y los peridicos y revistas extranjeros
que reflejan la tendencia principal de la
opinin pblica constituyen
propaganda enemiga. Los CDR locales inhiben
la libertad de expresin mediante
la vigilancia y la denuncia de la disidencia
y la crtica. Con frecuencia. la
polica y los agentes de seguridad
del Estado hostigaron, amenazaron y cometieron
otros atropellos contra defensores de los
derechos humanos, en pblico y en
privado, como medida de intimidacin
y control.
La constitucin declara que los
medios informativos impresos y electrnicos
son propiedad del Estado y nunca podrn
ser propiedad privada. El Partido Comunista
controla todos los medios informativos con
la excepcin de unas pocas publicaciones
producidas por las iglesias. El Cdigo
Penal prohbe la "impresin
clandestina" y dispone el encarcelamiento
de tres a seis meses por no identificar
al autor de una publicacin o a la
impresora utilizada para hacer la publicacin.
Hasta las publicaciones de la iglesia catlica,
a quien se le niega a equipos de
impresin en masa, estuvieron sujetas
a presiones gubernamentales. La revista
Vitral, una publicacin de la dicesis
de Pinar del Ro, sigui siendo
publicada durante el ao, si bien
los funcionarios la describieron pblicamente
como "propaganda contrarrevolucionaria".
En marzo, la Conferencia Episcopal de obispos
catlicos de Cuba indic que
la iglesia no registraba sus publicaciones
en el ministerio de Cultura segn
lo exiga la ley, porque el registro
la obligara a ceder su control al
Estado.
Los ciudadanos no tuvieron derecho de recibir
publicaciones del exterior, aunque en los
hoteles para extranjeros y en determinadas
tiendas de transacciones de monedas fuertes
se venden peridicos y revistas extranjeros.
El gobierno continu interfiriendo
las transmisiones de Radio Mart
y Televisin Mart. Las transmisiones
de Radio Mart a veces superaron
los intentos de interferencia en las bandas
de onda corta, pero sus transmisiones de
onda media fueron bloqueadas por completo
en La Habana. Los agentes de seguridad sometieron
a disidentes, diplomticos extranjeros
y periodistas a hostigamientos y vigilancia,
incluida la vigilancia electrnica.
Todos los medios de informacin
legales deben operar segn las pautas
del partido y reflejar los puntos de vista
del gobierno. El gobierno trat de
moldear la cobertura de prensa hasta tal
grado que no slo ejerci
presin sobre los periodistas nacionales,
sino que presion tambin
a grupos que normalmente se encuentran fuera
del dominio del control oficial, como son
los corresponsales extranjeros visitantes
y residentes. El gobierno prohibi
el ingreso al pas de algunos periodistas
extranjeros.
La Ley de 1999 para Proteger la Independencia
Nacional y la Economa (Ley 88),
prohbe una gama extensa de actividades
que socavan la seguridad del Estado y aumenta
los castigos por actividades criminales.
Segn la ley, cualquier persona que
posee o difunde literatura considerada subversiva,
o que suministra informacin que
podra ser utilizada por las autoridades
estadounidenses en la aplicacin
de las leyes de los Estados Unidos, puede
estar sujeta a multas y encarcelamiento
de siete a veinte aos por cada acusacin.
Conforme a la Ley 88, las autoridades condenaron
durante el ao a ms de treinta
periodistas independientes y activistas
en derechos humanos, sentencindolos
a prisin por trminos de
hasta 27 aos. Amnista Internacional
(AI) expres su "gran preocupacin"
con respecto a la aplicacin de la
Ley 88, indicando que la misma pareca
imponer "restricciones ilegales a derechos
reconocidos internacionalmente".
Las autoridades arrestaron en marzo a 28
periodistas independientes y los sometieron
a juicios sumarios acusados de haber quebrantado
la Ley 88 o de haber cometido supuestos
actos contra la seguridad del Estado. Todos
fueron sentenciados y condenados a prisin
por perodos de 14 a 27 aos.
El 4 de abril, el Relator Especial para
la Libertad de Expresin de la Comisin
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
para la Libertad de Expresin indic
su "preocupacin grave"
por las medidas adoptadas contra los periodistas
independientes e inst al gobierno
a que respetara la libertad de expresin
y de informacin. Organizaciones
internacionales en favor de la libertad
de prensa como Reporteros sin Fronteras
(RSF) y la Comisin para la Proteccin
de Periodistas (J) criticaron tambin
los arrestos y juicios de los periodistas
independientes. RSF inici una campaa
pblica en favor de los periodistas
encarcelados y calific al pas
de "prisin de periodistas ms
grande del mundo".
El 5 de abril el Tribunal Provincial de
La Habana sentenci a Ral
Rivero, director de la agencia noticiosa
independiente Cuba Press, a veinte aos
de prisin por actos contra la independencia
o la integridad territorial del Estado.
El documento de la sentencia indic
que Rivero fue condenado por recibir pagos
por artculos enviadas a publicaciones
noticiosas extranjeras y por tener vnculos
con diplomticos extranjeros y organismos
no gubernamentales internacionales, entre
ellas la organizacin RSF. El tribunal
aleg que Rivero someti relatos
falsos o engaosos con fines de lucro
personal, y seal que haba
utilizado sus ingresos para comprar alfombras,
un acondicionador de aire y sillas de plstico.
El 5 de abril el Tribunal Provincial de
La Habana conden a Ricardo Gonzlez
Alonso, de la agencia noticiosa Cuba Press,
por actos contra la independencia o integridad
territoriales del Estado y lo sentenci
a veinte aos de prisin.
El documento de la sentencia se concentr
en la publicacin por Gonzlez
de la revista De Cuba, la que inclua
artculos escritos por figuras polticas
de la oposicin. El documento indic
tambin que Gonzlez mantena
una biblioteca con literatura "contrarrevolucionaria",
que tena os con diplomticos
extranjeros, y que reciba alimentos,
dinero y medicinas de organizaciones de
exilados en el exterior.
El 5 de abril el Tribunal Provincial de
La Habana sentenci al periodista
independiente Manuel Vsquez Portal
a 18 aos de prisin por quebrantar
la Ley 88. El tribunal determin
que Vsquez recibi pagos
por artculos noticiosos de naturaleza
"sediciosa y agresiva hacia el proceso
revolucionario". En septiembre, la
J eligi a Vsquez como
uno de los cuatro ganadores del Premio Anual
Internacional a la Libertad de Prensa.
El 6 de abril el Tribunal Provincial de
La Habana sentenci al periodista
independiente Oscar Espinosa Chepe a 20
aos de prisin por violar
la Ley 88 y por actos contra la independencia
o integridad territoriales del Estado. El
tribunal conden a Chepe por presentar
artculos noticiosos "falsos
o tergiversados" a organizaciones noticiosas
extranjeras por los que recibi pagos
de 15 a 100 dlares. Chepe tena
62 aos de edad y sufra de
mala salud (vase la Seccin
1.c.).
El gobierno sigui sometiendo a
periodistas independientes a la prohibicin
de viajar por el pas; a detenciones
arbitrarias y peridicas (de un da
para otro o ms); hostigamiento de
familiares y amigos; incautacin
de computadoras, equipos de oficina y de
fotografa y amenazas reiteradas
de prisin prolongada (vase
las Secciones 1.d, 1.f. y 2.d.). Periodistas
independientes en La Habana informaron que
durante el ao continuaron las llamadas
telefnicas amenazantes y el hostigamiento
de familiares. Se detuvo repetidamente a
docenas de reporteros. Las autoridades tambin
pusieron a algunos periodistas bajo arresto
domiciliario para impedirles informar sobre
las conferencias auspiciadas por los activistas
de los derechos humanos, sus actividades
y los casos judiciales contra tales activistas.
Los periodistas independientes informaron
que las detenciones, las amenazas y el hostigamiento
fueron ms severos en las provincias
que en la capital. Amnista Internacional,
Human Rights Watch, la Sociedad Interamericana
de Prensa, RSF y la J criticaron el encarcelamiento
de los periodistas y la permanente prctica
del gobierno de detener a periodistas independientes
y a otros simplemente por ejercer su derecho
a la libertad de palabra. Adems,
y cada vez con mayor frecuencia, agentes
de la polica trataron de impedir
que periodistas independientes cubrieran
los llamados asuntos delicados (vase
la Seccin 1.d.).
En abril, el gobierno denunci que
los supuestos periodistas independientes
Manuel David Orrio y Nstor Baguer
eran agentes del ministerio del Interior
con la misin de infiltrar los crculos
de periodistas independientes e informar
sobre ellos. Tanto Orrio como Baguer declararon
en nombre del Estado contra los periodistas
independientes durante los juicios sumarios
de 75 activistas sostenidos en abril.
El 13 de febrero las autoridades expulsaron
del pas al periodista argentino
Fernando Ruz Parra por reunirse
con disidentes.
En el curso del ao, por lo menos
a cuatro periodistas independientes se les
neg el derecho a emigrar, entre
ellos Manuel Vzquez Portal, Jorge
Olivera, Normando Hernndez y Dorka
Cspedes. Vzquez, Olivera
y Hernndez figuraron entre los 28
periodistas independientes que en abril
fueron sometidos a juicios sumarios y sentenciados
a largas condenas de prisin.
Con frecuencia, las autoridades confiscaron
los equipos al arrestar a periodistas, en
especial sus equipos fotogrficos
y de grabacin. Se podan
comprar mquinas de facsmile
y computadoras pagando con dlares.
Sin embargo, aun si se presentaba un recibo
de compra, la polica confiscaba
los equipos y los utilizaba como pruebas
en contra de los periodistas. Era imposible
encontrar mquinas fotocopiadoras
e impresoras en el mercado local o no se
vendan a particulares, lo cual supone
que son un producto particularmente valioso
para los periodistas.
Los corresponsales extranjeros residentes
informaron que continu durante el
ao la fuerte presin gubernamental
experimentada desde 2000, inclusive las
quejas oficiales e informales acerca de
artculos periodsticos. El
gobierno ejerci su capacidad de
controlar a residentes de la prensa
extranjera requirindoles un permiso
de salida, expedido por el gobierno, cada
vez que queran salir del pas.
El gobierno tambin forz
a los corresponsales extranjeros a contratar
a personal local de las agencias de gobierno.
Sigui el control estricto de la
distribucin de informacin.
Se control la importacin
de material de lectura extranjero y el pblico
no tuvo a revistas y peridicos
extranjeros. importantes del gobierno
declararon que los ciudadanos no leen peridicos
y revistas extranjeros para enterarse de
la noticias porque no saben ingls
y que tienen a las mesas redondas
que diariamente se transmiten por televisin
sobre los temas que necesitan conocer. En
ciertas ocasiones el Gobierno impidi
que las bibliotecas independientes recibieran
material del exterior y confisc
el material
donado por diplomticos extranjeros.
En marzo, las autoridades arrestaron a
nueve bibliotecarios independientes y los
acusaron de haber quebrantado la Ley 88
o de actos contra la independencia o integridad
territoriales del Estado. Todos ellos, Ral
Rivero, Victor Rolando Arroyo, Ivn
Hernndez Carrillo, Jos Luis
Garca Paneque, Ricardo Gonzlez,
Roberto de Miranda, Bls Giraldo
Reyes, Jos Miguel Martnez
Hernndez y Omar Pernet Hernndez,
fueron sometidos a juicios sumarios y sentenciados
a condenas de 13 a 26 aos de prisin.
A fines de septiembre, la polica
confisc en la provincia de Holgun
250 libros y dos mquinas de escribir
pertenecientes al bibliotecario independiente
Lorenzo Garca Rodrguez.
Garca inform que la polica
tuvo un agente de polica frente
a su casa luego de llevar a cabo un registro
de tres horas de sus pertenencias y que
estuvo sometido a una constante vigilancia
policial, an cuando asisti
a misa.
El gobierno control todo el
a la Internet, y los mensajes por correo
electrnico fueron sometidos al escrutinio
gubernamental y a la censura. El
a las computadoras y sus rios fue
limitado, y a la Internet slo se
poda acceder por medio de instituciones
aprobadas por el gobierno. El por
va telefnica a proveedores
de servicio aprobados por el Gobierno estuvo
fuera del alcance de la mayora de
los ciudadanos. El uso del correo electrnico
aument lentamente a medida que el
gobierno permiti el a ms
s; sin embargo, el gobierno generalmente
controlaba su uso, y slo pocas personas
o grupos tienen . Durante el ao
el gobierno bloque los programas
electrnicos de mensajera
instantnea y, segn se informa,
aument sus esfuerzos por identificar
a s de Internet y correo electrnico
no autorizados. En el 2002 el gobierno inaugur
un portal nacional en la Internet para algunos
periodistas, artistas y centros comunitarios
juveniles a nivel municipal, pero las autoridades
siguieron restringiendo el tipo de sitios
internacionales a los que se puede ingresar,
as como su cantidad. El gobierno
no permiti que representantes de
la Iglesia Catlica tuvieran
a la Internet.
El gobierno le prohbe oficialmente
a todas las misiones diplomticas
en La Habana la impresin y distribucin
de publicaciones, especialmente peridicos
y recortes de peridicos y revistas,
a menos que traten exclusivamente de las
condiciones en el pas de origen
de la misin y hayan recibido la
aprobacin del gobierno. Muchas misiones
no aceptaron este requisito y distribuyeron
material; sin embargo, las amenazas del
Gobierno de expulsar a los funcionarios
de embajadas que suministraron material
publicado tuvieron un efecto desalentador
en algunas misiones. El 11 de septiembre
el gobierno cerr el Centro Cultural
Espaol por haber cometido presuntas
actividades ajenas al intercambio cultural;
el gobierno no especific cules
eran las actividades que constituan
la presunta infraccin.
El gobierno restringi la libertad
literaria y acadmica y continu
haciendo hincapi en que es ms
importante reforzar la ideologa
y disciplina revolucionarias que cualquier
tipo de libertad de expresin. En
el sistema educativo se ense
que los intereses del estado tienen precedencia
sobre toda otra obligacin. A los
profesores, periodistas de gobierno y otros
funcionarios gubernamentales se les prohibi
reunirse con algunos diplomticos
sin la aprobacin previa del Ministerio
de Relaciones Exteriores. El Ministerio
de Educacin exigi a los
maestros la evaluacin de la actitud
ideolgica de los estudiantes y de
sus padres y la anotacin de dicha
evaluacin en el expediente escolar
que los estudiantes. Estos expedientes afectan
en forma directa las perspectivas de educacin
y la carrera del estudiante. Como cuestin
de poltica, el gobierno exigi
que los materiales didcticos para
cursos tales como matemticas o literatura,
tuvieran un contenido ideolgico.
Los esfuerzos del gobierno para debilitar
a los disidentes incluyeron negarles educacin
superior y oportunidades profesionales.
Castro ha declarado pblicamente
que las universidades estn abiertas
slo para quienes comparten sus creencias
revolucionarias.
La expresin artstica estuvo
menos restringida. El gobierno estimul
a la comunidad cultural a que alcanzara
los mximos niveles internacionales
a fin de poder vender sus obras en el extranjero
a cambio de moneda fuerte.
b. Libertad de reunin y asociacin
pacficas
Aunque la Constitucin otorga derechos
limitados de reunin y asociacin,
estos derechos estn sujetos al requisito
de que no pueden ser "ejercidos contra
la existencia y objetivos del Estado Socialista".
La ley castiga toda reunin no autorizada
de ms de tres personas, incluso
las relacionadas con servicios religiosos
privados en residencias privadas, con un
mximo de 3 meses de prisin
y multas. Las autoridades aplicaron en forma
selectiva esta prohibicin y a menudo
la utilizaron como pretexto legal para hostigar
y encarcelar a defensores de los derechos
humanos.
La poltica del gobierno de autorizar
selectivamente a la iglesia catlica
a realizar procesiones en lugares especficos
en das de fiestas importantes continu
durante el ao. El 8 de septiembre,
el gobierno permiti por sexto ao
consecutivo una procesin en La Habana
con motivo de las misas en celebracin
de la fiesta de Nuestra Seora de
la Caridad. Un nmero de activistas
particip en la procesin.
Las autoridades permitieron que se celebrara
un total de cincuenta procesiones en todo
el pas con motivo de la fiesta de
Nuestra Seora de la Caridad, pero
negaron el permiso para otras catorce procesiones.
El gobierno, por razones polticas,
neg tambin el permiso para
sostener procesiones separadas en los pueblos
de Managua y La Habana del Este. (vase
la Seccin 2.c.).
Las autoridades nunca han aprobado una
reunin pblica de un grupo
de derechos humanos y con frecuencia detuvieron
a los activistas para impedir que asistieran
a reuniones, manifestaciones o ceremonias
(vase la Seccin 1.d.). Hubo
reuniones y manifestaciones no aprobadas,
que el gobierno con frecuencia interrumpi
o intent de impedir. Algunas veces
las autoridades utilizaron o incitaron a
la violencia contra manifestantes pacficos.
En junio y julio, funcionarios del ministerio
del Interior amenazaron con arrestar de
diez a veinte esposas de presos polticos
que organizaron marchas silenciosas despus
de asistir a la misa en la iglesia Santa
Rita en La Habana. En varias ocasiones,
las autoridades amenazaron tambin
con poner fin a las visitas de familiares
a los presos polticos o con otras
represalias contra los presos por causa
de las muestras de apoyo de sus cnyuges.
Como resultado de las amenazas los cnyuges
dejaron de caminar juntos, pero siguieron
asistiendo a la misma misa.
El gobierno organiz una serie de
marchas el Da del Trabajo, y todos
los sbados realiz un encuentro
denominado "Tribuna Abierta" en
diferentes municipalidades del pas.
El encuentro semanal recibi cobertura
radial y televisiva. El gobierno contrat
a Comits de Defensa de la Revolucin
(CDR) y a oficiales en los lugares de trabajo
con el propsito de forzar la participacin
masiva en estos actos.
En general, el gobierno le neg
a los ciudadanos la libertad de asociacin.
El cdigo penal prohbe expresamente
los grupos ilegales o no reconocidos. El
ministro de Justicia, en consulta con el
ministerio del Interior, decide si se otorga
el reconocimiento oficial a las organizaciones.
Las autoridades nunca han aprobado el establecimiento
de grupo alguno de los derechos humanos.
No obstante, hay una serie de asociaciones
profesionales que funcionan como Organizaciones
no gubernamentales (ONG) sin reconocimiento
oficial, entre ellas la Asociacin
de Maestros Independientes, la Asociacin
de Abogados Independientes (Agramonte),
la Asociacin de Arquitectos e Ingenieros
Independientes y varias organizaciones periodsticas
independientes. Con la excepcin
del Partido Comunista, la Constitucin
prohbe cualquier otra agrupacin
poltica (vase la Seccin
3).
Las iglesias reconocidas (vase
la Seccin 2.c.), la organizacin
humanitaria de la iglesia catlica,
Caritas, la Logia Masnica, pequeos
grupos de derechos humanos y una serie de
fraternidades y organizaciones profesionales
recientes, fueron las nicas asociaciones
fuera del control o la influencia del Estado,
el Partido Comunista y sus organizaciones
de masas. Con excepcin de los masones,
cuya presencia en el pas se remonta
a hace ms de un siglo, las autoridades
siguen ignorando las solicitudes de reconocimiento
legal de estos grupos, lo que expone a sus
a ser acusados de asociacin
ilegal. Todos los dems grupos no
gubernamentales reconocidos oficialmente
estaban, al menos nominalmente, afiliados
al gobierno o bajo su control.
c. Libertad de culto
La Constitucin reconoce el derecho
de los ciudadanos de profesar y practicar
cualquier credo religioso, dentro del marco
del respeto a la ley; sin embargo, en la
ley y en la prctica, el gobierno
sigui restringiendo la libertad
de religin. En general, varios grupos
religiosos no inscritos continuaron experimentando
diversos grados de interferencia oficial,
hostigamiento y represin. La principal
relacin del gobierno con las entidades
religiosas tuvo lugar por medio de la Oficina
de Asuntos religiosos del Partido Comunista.
El ministro del Interior realiz
una labor activa para controlar y supervisar
las instituciones religiosas del pas,
lo que implic la vigilancia, la
infiltracin y el hostigamiento a
los religiosos y los laicos. La poltica
gubernamental de permitir que la actividad
religiosa apoltica tenga lugar en
sitios aprobados por el gobierno permaneci
sin cambios; sin embargo, los ciudadanos
que practicaban su religin en iglesias
aprobadas oficialmente a menudo se les someti
a vigilancia por parte de las fuerzas de
la seguridad del Estado, y continuaron los
esfuerzos del gobierno por mantener un nivel
de control firme sobre la religin.
La Constitucin estipula la separacin
de la Iglesia y el Estado. En 1991, el gobierno
permiti a personas religiosas unirse
al Partido Comunista. Una enmienda constitucional
de 1992 prohibi la discriminacin
religiosa y removi las referencias
al "materialismo cientfico"
(es decir, el atesmo) como base
del Estado. El gobierno no favorece ninguna
religin o iglesia en particular;
sin embargo, el gobierno se mostr
ms tolerante hacia aquellas iglesias
que mantenan relaciones estrechas
con el Estado a travs del Consejo
Cubano de Iglesias (CCI). El CCI apoya generalmente
las polticas del gobierno. Los
de las fuerzas armadas no asisten a los
servicios religiosos en uniforme, probablemente
para evitar posibles reprimendas de sus
superiores.
El gobierno les exige a las iglesias y
a otros grupos religiosos que se inscriban
en el registro civil provincial de asociaciones
del ministerio del Interior para obtener
el reconocimiento oficial. En la prctica,
el gobierno se neg a reconocer nuevas
congregaciones. Sin embargo, toler
algunas religiones, como por ejemplo la
fe Baha'i y una pequea agrupacin
de la Iglesia de Jesucristo de los Santos
de los Ultimos Das (Mormones). Los
grupos religiosos no inscritos fueron sometidos
a la interferencia oficial, hostigamiento
y represin. Salvo en raras ocasiones,
el gobierno prohibi la edificacin
de nuevas iglesias, lo que oblig
a muchas congregaciones religiosas en crecimiento
a infringir la ley y a reunirse en residencias
particulares.
Continu el hostigamiento gubernamental
de las casas privadas de oracin
y, segn informan las congregaciones
evanglicas, se dieron casos de desahucio
de viviendas usadas para estos fines. Segn
funcionarios del CCI, la mayora
de las casas privadas de oracin
que el gobierno clausur no estaban
registradas, por lo que eran, de hecho,
ilegales. Por otra parte, los pentecosteses
del CCI se quejaron sobre las actividades
de proselitismo de los misioneros extranjeros,
lo cual gener que algunos de sus
establecieran nuevas congregaciones
sin obtener los permisos necesarios. Debido
a tales quejas, el CCI pidi oficialmente
ayuda de las organizaciones miembro de la
iglesia en el extranjero para disuadir a
misioneros extranjeros de establecer iglesias
pentecosteses.
En 1998, despus de la visita del
Papa Juan Pablo II, los obispos catlicos
del pas exhortaron al gobierno a
reconocer el papel de la iglesia catlica
en la sociedad civil y en la familia, as
como en las reas temporales del
trabajo, la economa, las artes,
la ciencia y la tecnologa. El gobierno
continu limitando el de la
iglesia catlica a los medios informativos
y a la Internet y se neg a permitir
que la iglesia catlica tuviera capacidades
legales para imprimir en forma independiente.
Mantuvo la prohibicin contra el
establecimiento de escuelas con afiliacin
religiosa. En febrero, el arzobispo de La
Habana public una pastoral en la
que lamentaba la desintegracin de
las familias y la presin extrema
para emigrar y exhort al gobierno
a cambiar sus "polticas de
venganza" por "polticas
de compasin". En marzo, el
embajador del pas ante el Vaticano
afirm en una revista italiana que
exista en el pas una total
libertad religiosa e inst a la iglesia
catlica a que registrara sus publicaciones
en el Ministerio de Cultura. La Conferencia
Episcopal de obispos catlicos de
Cuba envi a la revista una carta
abierta en la que criticaba el control estricto
que el gobierno ejerca sobre las
actividades de la iglesia catlica,
especialmente las restricciones que el Estado
impona a la educacin religiosa
y el de la iglesia a los medios informativos.
La carta de los obispos seal
que la iglesia catlica declin
registrar sus publicaciones porque el registro
la obligaba a ceder al Estado su control
sobre los temas, el nmero de pginas,
la frecuencia y la cantidad de ejemplares
de sus publicaciones. En septiembre, la
Conferencia Episcopal de obispos catlicos
de Cuba public un documento en el
que acusaba al gobierno de imponer restricciones
ms fuertes a la iglesia y a la sociedad
despus de la visita del Papa Juan
Pablo II, y exhort al gobierno a
mostrar clemencia hacia los presos polticos.
El 15 de mayo funcionarios locales del
pueblo de Managua, en la Provincia de La
Habana, revocaron la autorizacin
para una procesin con motivo de
la fiesta del patrn santo de Managua.
Si bien las autoridades permitieron que
la procesin tuviera lugar por primera
vez en 2002, informaron a Pablo Fuentes,
el cura catlico local, que haban
revocado la autorizacin para la
procesin debido a que Fuentes no
era "de confianza". En septiembre,
la oficina de asuntos religiosos del Partido
Comunista inform a Fuentes, ciudadano
espaol, que el gobierno no prolongara
su autorizacin para permanecer en
el pas.
A mediados de julio, funcionarios del Partido
Comunista en la ciudad de La Habana del
Este prohibieron una procesin con
motivo de la fiesta de la Virgen del Carmen
porque el cura de la parroquia era amigo
de Oswaldo Paya, jefe del Movimiento Cristiano
de Liberacin. Los funcionarios del
Partido Comunista le dijeron al cura que
deba informar a su congregacin
que el gobierno haba prohibido la
procesin debido especficamente
a su amistad con Paya.
El gobierno permiti la entrada
al pas de nueve sacerdotes y dieciocho
monjas extranjeras para sustituir a otros
sacerdotes y monjas cuyos visados caducaron.
Las solicitudes presentadas por sesenta
sacerdotes y otros trabajadores religiosos
quedaron pendientes al final del ao,
igual que una solicitud de la Conferencia
Episcopal de obispos catlicos de
Cuba para que el gobierno permitiera a quince
rdenes catlicas establecer
una presencia en el pas; la falta
de autorizacin limit la
capacitacin de los seminaristas
cubanos.
En los ltimos aos, el gobierno
disminuy las restricciones que pesaban
sobre algunas sectas religiosas, entre ellas
los Adventistas del Sptimo Da
y los Testigos de Jehov. A los Testigos
de Jehov, anteriormente considerados
como "enemigos religiosos opuestos
activamente a la revolucin",
se les permiti predicar de puerta
en puerta y, en general, no sufrieron hostigamiento
evidente de parte del gobierno, aunque hubo
informes espordicos de hostigamiento
por funcionarios locales del gobierno y
del Partido Comunista.
La educacin es seglar y no se permiten
planteles de educacin religiosos.
No hubo informes de que se impusiesen restricciones
a la enseanza religiosa de nios
por sus padres.
El gobierno sigui prohibiendo a
toda empresa cubana o conjunta (salvo aquellas
con autorizacin precisa) la venta
de computadoras, mquinas de facsmile,
fotocopiadoras y otros equipos a iglesias
a precios inferiores a los exorbitantes
precios oficiales de venta al por menor.
La literatura y los materiales religiosos
tienen que ser importados a travs
de un grupo religioso inscrito y slo
se pueden distribuir a grupos religiosos
reconocidos oficialmente. A los prisioneros
confinados en celdas de castigo se les neg
a material de lectura, incluida la
Biblia (vase la Seccin 1.c.).
El CCI continu transmitiendo un
programa mensual de 15 minutos en la emisora
de radio de msica clsica,
con la condicin de que no poda
incluir material de carcter poltico.
Funcionarios de seguridad del Estado visitaron
a algunos sacerdotes y curas antes de la
celebracin de importantes actos
religiosos, con el motivo aparente de advertirles
que los disidentes intentaban "aprovecharse
de la Iglesia". Sin embargo, algunos
crticos sostienen que estas visitas
tenan como fin sembrar la desconfianza
entre las iglesias y los activistas que
trabajan en pro de la democracia y de los
derechos humanos. Los agentes de seguridad
del Estado hostigaron con frecuencia tambin
a defensores de derechos humanos que intentaban
asistir a misas religiosas en conmemoracin
de das festivos especiales o previo
a importantes efemrides nacionales,
algunas veces hasta entraban en las iglesias
e interrumpan las ceremonias religiosas.
En el Informe Internacional de Libertad
de Culto de 2003 se encuentra informacin
ms detallada sobre el tema.
d. Libertad de movimiento dentro del pas,
viajes al exterior, emigracin y
repatriacin
El gobierno restringi estrictamente
la liberad de movimiento. En general, el
gobierno no impuso restricciones legales
a los viajes dentro del pas; sin
embargo, limit la migracin
a La Habana e inicialmente confin
en sanatorios a las personas infectadas
con el virus del VIH, para someterlas a
tratamiento y terapia antes de reintegrarlas
condicionalmente a la comunidad. En los
ltimos aos, los agentes
de Seguridad del Estado han prohibido a
los defensores de los derechos humanos y
a los periodistas independientes viajar
fuera de las provincias en las que residen
y el gobierno tambin ha sentenciado
a otros al exilio interno.
A principios de agosto, funcionarios del
ministerio del Interior, en la Provincia
de Pinar del Ro, advirtieron al
disidente Hctor Ramn Novo
Surez que no podra viajar
a La Habana. Los funcionarios informaron
a Novo que sera procesado por "desacato
a la autoridad" si ignoraba sus instrucciones
y viajaba a La Habana.
El Decreto 217 prohbe que los habitantes
de otras provincias se trasladen a La Habana,
ya que si no se controla la migracin
interna los problemas de vivienda, transporte
pblico y suministro de agua y electricidad
de la ciudad se agravaran. Se permitieron
las visitas a la ciudad. Con frecuencia
la polica verificaba los documentos
de identificacin de la gente en
la calle y si alguna persona de otra provincia
se encontraba viviendo ilegalmente en La
Habana, se le impona una multa de
12 dlares (300 pesos) y era enviado
de regreso a su provincia. Las multas ascendan
a 40 dlares (1.000 pesos) para quienes
residan ilegalmente en los vecindarios
de La Habana Vieja y el Cerro. Observadores
de derechos humanos advirtieron que, si
bien el decreto afecta la migracin
en todo el pas, va dirigido especialmente
a individuos y familias predominantemente
de ancestro africano de las provincias orientales
ms pobres.
El gobierno impuso algunas restricciones
tanto a la emigracin como a los
viajes temporales al extranjero. Permiti
la salida de la mayora de las personas
que calificaban como inmigrantes o tenan
condicin de refugiados en otros
pases; sin embargo, en algunos casos,
las autoridades retrasaron o negaron los
permisos de salida, por lo general sin dar
explicacin. Algunas veces se neg
este permiso a profesionales que trataron
de emigrar y posteriormente el gobierno
les prohibi ejercer su profesin.
El gobierno rehus el permiso a otros
por considerar que sus casos eran sensibles
por razones polticas o de seguridad
del Estado. La resolucin 54 niega
el permiso de salida a los mdicos
hasta que hayan prestado de 3 a 5 aos
de servicios profesionales, a partir de
la fecha de solicitud del permiso de viajar
al exterior. Este reglamento, que normalmente
se aplica a los mdicos recin
graduados, no se public oficialmente
y pudo haberse aplicado a otros profesionales
tambin.
El 24 de marzo la polica confisc
los permisos de salida del periodista independiente
Normando Hernndez y de su esposa
Yarahy Reyes mientras estos se estaban preparando
para salir del pas. La polica
arrest a Hernndez, lo someti
a un juicio sumario y lo sentenci
a 25 aos de prisin por presuntos
actos contra la independencia e integridad
territoriales del Estado (vase la
Seccin 1.e.).
El gobierno neg habitualmente el
permiso de salida a los jvenes que
estn por cumplir la edad del servicio
militar hasta que cumplan 27 aos,
incluso cuando ha autorizado la salida del
resto de la familia. Sin embargo, en la
mayora de los casos en que se autoriz
la emigracin a Estados Unidos, conforme
a un acuerdo de migracin de 1994,
se eximi finalmente a los aspirantes
del servicio obligatorio y se les concedi
el permiso de salida.
El gobierno tiene la poltica de
negar el permiso de salida durante varios
aos a los parientes de las personas
que logran emigrar ilegalmente (por ejemplo,
los marinos mercantes que desertaron en
el extranjero y las figuras del deporte
que desertaron cuando se encontraban de
gira en el exterior).
Los migrantes que viajan a Estados Unidos
deben pagar 600 dlares por adulto
y 400 dlares por nio, adems
del pasaje areo. Estos costos oficiales
por el examen mdico, pasaporte y
visado de salida, que deben ser pagados
en dlares, equivalan, para
un profesional, al salario total de cinco
aos, acumulado en pesos, y representaban
una carga considerable, sobre todo para
los refugiados polticos que suelen
ser personas marginadas. Muchos refugiados
polticos fueron despedidos de sus
empleos por ser "poco confiables polticamente"
y perdieron sus ingresos. Para finales del
ao, no haba ningn
refugiado que permaneciera en el pas
por no poder pagar las tarifas oficiales
de salida.
El Cdigo Penal establece penas
de prisin de hasta tres aos
o multas de 12 a 40 dlares (de 300
a 1.000 pesos) por el intento de salida
no autorizada en barco o balsa. La Oficina
del Alto Comisionado de las Naciones Unidas
para Refugiados (ACNUR) ha declarado que
considera rigurosa y excesiva una pena de
ms de un ao simplemente
por tratar de salir ilegalmente. Segn
los trminos del acuerdo de migracin
entre Cuba y Estados Unidos, de mayo de
1995, el gobierno convino en no procesar
o tomar represalias contra los balseros
devueltos a Cuba de aguas internacionales
o estadounidenses, o desde la base naval
de Estados Unidos en Guantnamo,
luego de intentar emigrar ilegalmente, si
no haban cometido un delito separado.
En 1994, el gobierno mitig las
restricciones a las visitas y la repatriacin
de emigrantes cubanos. Los cubanos que establecieron
residencia fuera del pas y tenan
permiso de residencia en el extranjero expedido
por el gobierno podan viajar a Cuba
sin visado, si bien los ciudadanos que haban
partido despus del 31 de diciembre
de 1970, deban obtener un pasaporte
costoso para reingresar al pas.
Las personas de 18 aos de edad,
como mnimo, tenan derecho
a viajar al exterior y podan permanecer
afuera por un mximo de 11 meses.
En 1995, el gobierno anunci que
los emigrantes, que no se consideraban implicados
en las llamadas actividades hostiles contra
el gobierno y que no estaban sujetos a procedimientos
penales en su pas de residencia,
podan solicitar en los consulados
cubanos un permiso de viaje renovable de
entradas mltiples, vlido
para dos aos. Sin embargo, en 1999,
el gobierno anunci que no se concedera
el permiso de entrada a los emigrantes que
hubieran abandonado el pas ilegalmente
despus de septiembre de 1994. Todava
no se ha podido establecer claramente cules
de estas normas, en efecto, estaban siendo
puestas en prctica por el gobierno.
La Constitucin dispone la concesin
de asilo a las personas que sufren persecucin
"por sus ideales o lucha en pro de
los derechos democrticos contra
el imperialismo, fascismo, colonialismo
y neocolonialismo; contra la discriminacin
y el racismo; en pro de la liberacin
nacional; de los derechos de los trabajadores,
campesinos y estudiantes; por sus actividades
polticas, cientficas, artsticas
y literarias progresistas y en pro del socialismo
y la paz". Sin embargo, el gobierno
no dispone de un mecanismo oficial para
tramitar el asilo de ciudadanos extranjeros.
En la prctica, el gobierno ofrece
proteccin contra el retorno forzado.
El gobierno cooper con el Alto Comisionado
de las Naciones Unidas para Refugiados (ACNUR),
y ofreci proteccin temporaria
a un pequea cantidad de personas.
No hubo informacin disponible sobre
su uso durante el ao.
Un total de 29 personas solicitaron la
condicin de refugiados durante el
ao, de las cuales 11 fueron aprobadas.
Segn el ACNUR, haba 836
refugiados en el pas.
Seccin 3. El respeto de los derechos
polticos: el derecho de los ciudadanos
a cambiar su gobierno
Los ciudadanos no tienen derecho legal
de cambiar su gobierno o de abogar por el
cambio, y el gobierno toma represalias sistemticas
contra los que buscan un cambio poltico
pacfico. La Constitucin
proscribe toda organizacin poltica
que no sea el partido comunista. En 2002,
el gobierno enmend la Constitucin
para limitar ms an el derecho
de los ciudadanos, y estableci el
socialismo como base "irrevocable"
de la Constitucin. En marzo, el
presidente Castro anunci su intencin
de permanecer en el poder de por vida. An
cuando la Constitucin dispone la
eleccin directa de los
de las Asambleas provinciales, municipales
y de la Asamblea Nacional del Poder Popular
(ANPP), los candidatos tienen que ser aprobados
de antemano por organizaciones de masas
controladas por el gobierno. En la prctica,
un pequeo grupo de dirigentes, bajo
el mando del presidente Castro, selecciona
a los de los rganos supremos
encargados de formular la poltica
del Partido comunista: el Bur Poltico
y el Comit Central.
Las autoridades ejercen un control riguroso
en la seleccin de los candidatos
y todas las elecciones para los cargos en
el gobierno y el partido. Los comits
de candidaturas estn integrados
por de organizaciones de masas
tales como la Confederacin de Trabajadores
de Cuba (CTC) y los Comits de Defensa
de la Revolucin (CDR), que estn
encargados de seleccionar candidatos, cuyos
nombres se envan a las asambleas
municipales, las cuales, a su vez, seleccionan
un solo candidato para cada escao
regional en la ANPP. Nunca se ha permitido
a un candidato independiente o de oposicin
competir por un cargo nacional.
El 19 de enero el gobierno sostuvo elecciones
nacionales en las que
fueron aprobados 609 candidatos para competir
por los 609 escaos en la Asamblea
Nacional. Segn los medios informativos
oficiales, particip en las elecciones
el 97,6 por ciento de los votantes inscritos,
y los candidatos fueron elegidos por el
91 por ciento del electorado.
No se permiti a ningn candidato
presentarse a elecciones con opiniones independientes
o contrarias a las del gobierno, y en los
medios nacionales de informacin,
controlados por el gobierno, no se expres
ninguna opinin contraria a la del
gobierno o el Partido comunista. El gobierno
satur los medios de informacin
y se vali de los ministerios gubernamentales,
los rganos del Partido comunista
y las organizaciones de masas para instar
a los electores a emitir un "voto unificado",
marcando una casilla que selecciona automticamente
a todos los candidatos indicados en la papeleta.
En la prctica, el Partido comunista
aprob a los candidatos a todos los
cargos. Una pequea minora
de los candidatos no perteneca oficialmente
al Partido Comunista. El Partido Comunista
fue el nico partido poltico
autorizado a participar en las elecciones.
Los diputados de la Asamblea Nacional,
los delegados de las asambleas provinciales
y los del Consejo del Estado son
elegidos cada cinco aos en elecciones
generales. Las elecciones municipales se
celebran cada dos aos y medio para
seleccionar a 14.686 representantes locales
a las asambleas municipales, el escaln
ms bajo de la estructura del gobierno.
En 2002, el gobierno sostuvo elecciones
para seleccionar a los candidatos locales
a las asambleas municipales. Los medios
de prensa del gobierno informaron que el
95 por ciento de los votantes fueron a las
urnas en comparacin con el 98 por
ciento en 2000. Un poco menos del 50 por
ciento de los que resultaron elegidos eran
titulares del cargo, el 22 por ciento eran
mujeres y la edad del 6 por ciento de todos
los candidatos oscilaba entre los 16 y 30
aos. Segn los informes el
nmero de papeletas en blanco en
todo el pas se mantuvo en el 2,8
por ciento, en tanto que el nmero
de papeletas anuladas disminuy del
3 por ciento al 2,4 por ciento.
Si bien no es un requisito formal, ser
miembro del Partido Comunista es, en la
prctica, un prerrequisito para poder
ocupar altos cargos oficiales y para los
ascensos profesionales.
El gobierno rechaza todo cambio del sistema
poltico que juzgue incompatible
con la revolucin y pas por
alto y suprimi activamente los llamados
a la reforma democrtica. En 2002,
la organizacin opositora Todos Unidos
entreg una peticin a la
Asamblea Nacional en que propona
un referndum nacional de cinco puntos
sobre reformas polticas y econmicas.
Esta campaa, conocida como el Proyecto
Varela y encabezada por el lder
del Movimiento de Liberacin Cristiano
Oswaldo Pay, se fundaba en el Artculo
88 de la Constitucin de 1976, que
les permite a ciudadanos proponer legislacin
si dichas propuestas son respaldadas por
al menor 10.000 ciudadanos; la peticin
Varela obtuvo 11.020 firmas. El Proyecto
Varela peda el fin de los lmites
a la libertad de asociacin, una
amnista para los presos polticos
no violentos, reduccin de obstculos
a la empresa privada, reformas electorales
y elecciones libres dentro de un ao
del referndum. En un esfuerzo aparente
por rechazar el proyecto Varela sin referirse
pblicamente al mismo, el gobierno
moviliz a ciudadanos para firmar
una peticin que hiciera "intocable"
el carcter socialista de la Constitucin.
El gobierno sostuvo que el 99,37 por ciento
de los votantes elegibles firmaron la peticin
del gobierno requiriendo dicha modificacin
a la Constitucin. La Asamblea Nacional
aprob por unanimidad la enmienda
haciendo al socialismo la base "irrevocable"
de la Constitucin. Los cambios no
rescindieron el derecho de los ciudadanos
de proponer legislacin, por lo que
los organizadores del Proyecto Varela siguieron
juntando firmas en apoyo de su propuesta.
El 3 de octubre Paya le present
a la Asamblea Nacional del Poder Popular
una segunda peticin Varela con ms
de 14.000 firmas. Funcionarios del gobierno
detuvieron a las personas que trabajaban
en favor del Proyecto Varela y tomaron represalias
contra ciertas personas que firmaron la
peticin. Por lo menos 21 de los
75 activistas que fueron sentenciados en
abril a largas condenas de prisin
eran organizadores del Proyecto Varela.
Las autoridades encarcelaron a todas las
figuras claves del Movimiento Cristiano
de Liberacin, con la excepcin
de Oswaldo Paya.
El 5 de febrero el Tribunal Supremo suspendi
al juez municipal Iosdel Trujillo Vivas,
de la Provincia de Santa Clara, por haber
firmado la peticin Varela.
El 18 de junio las autoridades expulsaron
a Yailen Labores Rojas de su trabajo como
profesora de agronoma por firmar
la peticin Varela. Los funcionarios
le dijeron que se la despeda por
ser "poco fiable polticamente".
Labores no perteneca a ninguna organizacin
opositora.
Los puestos principales del gobierno siguen
siendo dominio de los hombres. Aunque no
existen impedimentos legales al voto de
la mujer, o a su desempeo en cargos
polticos o ejercicio de liderazgo
poltico, haba pocas mujeres
e individuos pertenecientes a minoras
en los puestos de formulacin de
polticas del gobierno o del partido
Comunista. Hubo dos mujeres entre los 24
del Bur Poltico
y 20 entre los 150 del Comit
Central. Las mujeres ocuparon 218 escaos
de los 609 que haba en la Asamblea
Nacional. Aunque los negros y las personas
de ascendencia africana representan ms
de la mitad de la poblacin, solamente
ocuparon seis escaos en el Bur
Poltico. Tras las elecciones de
la nueva Asamblea Nacional del Poder Popular
en enero, el diario del Estado, Granma,
inform que la misma qued
conformada un 67 por ciento por blancos,
22 por ciento por negros y 11 por ciento
por mestizos.
Seccin 4. La actitud del gobierno
con respecto a la investigacin internacional
y no gubernamental de supuestas violaciones
de derechos humanos
El gobierno no reconoce a ningn
grupo interno de derechos humanos, ni les
permite operar legalmente. El gobierno somete
a los defensores nacionales de derechos
humanos a una intimidacin intensa,
al hostigamiento y a la represin.
El gobierno, en violacin de sus
propios estatutos, se niega a considerar
las solicitudes de reconocimiento jurdico
presentadas por grupos observadores de derechos
humanos (vase la Seccin
2.b.).
Los disidentes sostuvieron generalmente
que la mayora de las organizaciones
de derechos humanos haban sido infiltradas
y estaban sujetas a una vigilancia constante.
Los activistas crean que algunos
de los disidentes eran oficiales de seguridad
del Estado o personas que intentaban llenar
los requisitos para obtener la condicin
de refugiado con el propsito de
abandonar el pas. La identificacin
pblica de quienes se sospecha son
espas del estado es un delito que
conlleva una condena de 8 a 15 aos
de crcel.
En abril las autoridades confirmaron que
doce supuestos disidentes eran en efecto
agentes del ministerio del Interior. Los
as identificados fueron Noel Ascanio
Montero, Nstor Baguer Snchez,
Odilia Collazo Valds, Aleida Godinez
Soler, Otuardo Hernndez Rodrguez,
Ana Rosa Jorna Calixto, Roberto Martnez,
Manuel David Orrio del Rosario, Yamila Prez
Reyes, Pedro Serrano Urra, Pedro Luis Veliz
Martnez y Alicia Zamora Labrada.
Los doce infiltradores declararon en contra
de varios de los 75 activistas de los derechos
humanos y de los periodistas independientes
que fueron sometidos en abril a juicios
sumarios.
En agosto, el gobierno public un
libro afirmando que el destacado observador
de los derechos humanos Elizardo Snchez
Santa Cruz, de la Comisin Cubana
Pro Derechos Humanos y la Reconciliacin
Nacional, haba sido desde 1997 un
agente de seguridad del Estado. Snchez
neg haber actuado como agente del
gobierno, aunque reconoci que haba
sostenido durante muchos aos discusiones
con funcionarios gubernamentales para negociar
condiciones mejoradas de derechos humanos.
El gobierno rechaz resueltamente
toda vigilancia internacional de los derechos
humanos. En 1992 el representante cubano
en la ONU declar que el gobierno
no reconocera el mandato de la Comisin
de Derechos Humanos de las Naciones Unidas
en relacin con Cuba y que no cooperara
con el Relator Especial para Cuba, a pesar
de que Cuba es miembro de la CDHNU. Esta
poltica sigui sin cambiar
y el gobierno se neg hasta a reconocer
las solicitudes del relator especial de
visitar el pas. El 17 de abril la
CDHNU aprob una resolucin
que expresaba preocupacin acerca
de la situacin de los derechos humanos
en el pas y repiti su solicitud
anterior de que recibiera la visita de Christine
Chanet, representante personal para Cuba
del Alto Comisionado de las Naciones Unidas
para los Derechos Humanos. Para finales
de ao, el gobierno no haba
permitido que la representante visitara
el pas conforme a la resolucin
de la CDHNU.
Seccin 5. Discriminacin
basada en raza, sexo, religin, discapacidad,
idioma o condicin social
Cuba es una sociedad multirracial con una
mayora de raza negra y mixta. La
Constitucin prohbe la discriminacin
basada en la raza, el sexo o el origen nacional,
si bien hay pruebas que sugieren que la
discriminacin racial ocurre frecuentemente.
El gobierno limit la migracin
de personas infectadas con el virus VIH,
confinndolas a sanatorios para someterlas
a tratamiento y terapia antes de reintegrarlas
condicionalmente a la comunidad.
La mujer
La prensa inform raramente sobre
crmenes violentos y no hubo informacin
disponible pblicamente acerca de
la incidencia de violencia familiar y violacin
sexual; sin embargo, los defensores de los
derechos humanos informan que la violencia
contra la mujer era un problema. La ley
estipula castigos severos a la violacin,
y el gobierno aplic la ley contra
la violacin; sin embargo, segn
dijeron defensores de derechos humanos,
la polica no actu en los
casos de violencia familiar.
El informe de 2000 sobre la Violencia contra
la Mujer de la Relatora Especial de la ONU
seala que la mayora de los
funcionarios gubernamentales no consideran
que la violencia contra la mujer es un problema
generalizado; sin embargo, los activistas
en el mbito popular estn
al tanto de los problemas de violencia que
afectan a la mujer. La Relatora inst
al gobierno a que aprobara medidas amplias
para aumentar la proteccin jurdica
de la mujer e inst a que se adopte
legislacin que aborde la violencia
familiar y el acoso sexual.
La prostitucin es legal para las
personas mayores de 17 aos; no obstante,
el proxenetismo o beneficiarse de otra manera
de la prostitucin constituye un
delito mayor. La prostitucin ha
aumentado mucho en los ltimos aos;
informes de prensa indican que turistas
de varios pases visitan el pas
especficamente para utilizar los
servicios de prostitutas baratas. Las medidas
enrgicas del gobierno contra la
prostitucin, iniciadas a fines de
1998, tuvieron inicialmente algn
efecto, pero las prostitutas (conocidas
como "jineteras") todava
se vean en La Habana y otras ciudades
principales durante el ao. El xito
inicial se debi a que se estacion
policas en casi todas las esquinas
de las calles principales frecuentadas por
turistas. Se sospecha que algunos funcionarios
policiales en la calle ofrecen proteccin
a las jineteras. La mayora de los
observadores cree que el gobierno tom
medidas contra la prostitucin para
combatir la idea de que fomenta el turismo
sexual. El gobierno estableci centros
para sacar a las prostitutas de la calle
y reeducarlas. El informe de la Relatora
Especial de la ONU recomend que
el gobierno cerrara los centros y encontrara
"otros mecanismos que no violasen los
derechos de las prostitutas". No hubo
informacin disponible para saber
si el gobierno desmantel o no esos
centros.
El Cdigo de Familia declara que
las mujeres y los hombres tienen iguales
derechos y responsabilidades en el matrimonio,
el divorcio, la crianza de los hijos, el
mantenimiento del hogar y el ejercicio de
profesiones. La mujer est sujeta
a las mismas restricciones que los hombres
en lo que respecta a la posesin
de propiedad. La ley provee hasta un ao
de licencia por maternidad y otorga a las
madres que trabajan preferencial
a bienes y servicios. Aproximadamente el
40 por ciento de todas las mujeres trabajaron
fuera del hogar y estuvieron bien representadas
en muchas profesiones. Segn la Federacin
de Mujeres Cubanas (FMC), en el 2000 las
mujeres ocuparon el 33 por ciento de los
cargos istrativos. La FMC afirm
tambin que 11.200 mujeres han recibido
parcelas de tierras para cultivo; que ms
de 561.000 mujeres han empezado a trabajar
como trabajadoras agrcolas, y que
las mujeres dedican 34 horas semanales al
trabajo domstico, aproximadamente
la misma cantidad de horas que dedican al
trabajo fuera del hogar.
Los nios
La Constitucin estipula que el
gobierno debe proteger a la familia, la
maternidad y el matrimonio. Declara asimismo
que todos los nios tienen los mismos
derechos conforme a la ley, y seala
la obligacin de los padres por asegurar
la proteccin de sus hijos. La ley
establece que la asistencia a la escuela
es obligatoria hasta el noveno grado y esta
ley fue, en general, respetada en la prctica.
La educacin es gratis, pero se basa
en la ideologa marxista. La formacin
integral de los menores es responsabilidad
de las organizaciones y escuelas estatales.
El sistema nacional de cuidado de la salud
cubre a todos los ciudadanos.
Si bien los medios informativos oficiales
no lo mencionan, hubo ocasionalmente informes
sobre abusos de menores; sin embargo, no
existe ninguna pauta social de abuso de
menores. Los funcionarios policiales que
encuentran a nios holgazaneando
en las calles o mendigando con los turistas
intervienen frecuentemente y tratan de encontrar
a los padres. Si la polica encuentra
a un nio molestando por segunda
vez a los turistas, con frecuencia multa
a los padres del nio. Aunque todava
existen los campos de trabajo para adolescentes,
la duracin de su estada
en ellos es considerablemente ms
corta que en el perodo anterior
a 1990. A los estudiantes se los presionaba
para alistarse por hasta una semana de "trabajo
voluntario" en las zonas rurales.
La prostitucin de menores fue un
problema, habiendo muchachas jvenes
que se dedicaban a la prostitucin
para ayudar a sostenerse a ellas mismas
y a sus familias. La polica generalmente
aplicaba las leyes sobre la prostitucin
de menores; sin embargo, el fenmeno
persisti al abrirse ms cabarets
y discotecas para la creciente industria
del turismo, lo que haca ms
fcil para que los turistas entrasen
en o con las nias prostitutas.
Los trabajadores en algunas de las empresas
de turismo parecan tolerar tanto
la prostitucin legal como la de
menores. El gobierno no reconoci
pblicamente la frecuencia de la
prostitucin de menores; sin embargo,
el gobierno proces a personas involucradas
en la prostitucin de menores y la
pornografa de menores y ayud
a otros pases en las investigaciones
internacionales de abusos sexuales de menores.
Los discapacitados
La ley prohbe la discriminacin
basada en la discapacidad, y hubo pocas
quejas sobre este tipo de discriminacin.
No existen leyes que ordenen que los edificios
deben ser accesibles para los discapacitados.
En la prctica, son pocos los edificios
y medios de transporte accesibles para personas
con discapacidad fsica.
Minoras nacionales, raciales y
tnicas
A partir de la revolucin de 1959
muchas personas de ascendencia africana
se han beneficiado del a la educacin
y al cuidado mdico bsico,
y la poblacin negra conforma gran
parte de la fuerza policial y el personal
reclutado del ejrcito. No obstante,
la discriminacin racial ocurre frecuentemente,
y es reconocida pblicamente por
altos funcionarios gubernamentales, incluso
por el presidente Castro en declaraciones
en la Conferencia Mundial sobre el Racismo,
realizada en Sudfrica. Castro iti
que la revolucin no ha erradicado
el racismo. Han habido numerosos informes
sobre un nmero desproporcionado
de hostigamientos policiales a jvenes
negros. Los desalojos, agravados por el
Decreto 217, estaban dirigidos principalmente
contra individuos y familias que migraron
a La Habana de las provincias orientales
que tradicionalmente son zonas de poblaciones
de raza negra o mixta (vase la Seccin
2.d.).
Seccin 6. Derechos de los trabajadores
a. Derecho de asociacin
En lo que respecta la libre asociacin
o provisin de empleo, la Constitucin
da prioridad a las necesidades estatales
o colectivas, por encima de las preferencias
individuales. Las demandas de la economa
y la sociedad tienen precedencia sobre las
preferencias personales de los trabajadores.
Las organizaciones laborales oficiales establecidas
tienen una funcin de movilizacin
y no actan como sindicatos laborales,
no promueven los derechos del trabajador,
ni reconocen el derecho de huelga. Estas
organizaciones estn bajo el control
del estado y del Partido Comunista, los
que tambin istran las empresas
para las que los obreros trabajan. Puesto
que todos los sindicatos legales son entidades
del gobierno, no existe, por definicin,
la discriminacin antisindical.
El Partido Comunista elige a los dirigentes
de la nica confederacin
laboral legal, la Confederacin de
Trabajadores de Cuba (CTC), cuya principal
responsabilidad es de asegurar que se cumplan
las metas gubernamentales de produccin.
A pesar de las negativas expresadas en foros
internacionales, el gobierno prohbe
explcitamente los sindicatos independientes
y ninguno ha sido reconocido. Estas condiciones
no han cambiado desde que la Organizacin
Internacional del Trabajo (OIT) concluy
en 1992 que el gobierno violaba las normas
de la OIT pertinentes a la libre asociacin
y el derecho a organizarse. Aquellos que
intentan dedicarse a actividades sindicales
no oficiales enfrentan la persecucin
del estado. El Partido Comunista elige los
lderes de la nica confederacin
local de trabajo legal, la CTC, cuya responsabilidad
principal es asegurar que se cumplan las
metas de produccin fijadas por el
gobierno. A pesar de sus desmentidos en
foros internacionales, el gobierno prohibi
explcitamente a los sindicatos independientes,
y ninguno de ellos fue reconocido. No hubo
ningn cambio en las condiciones
despus que la Organizacin
Internacional del Trabajo (OIT) hall
que el gobierno violaba las normas de la
OIT sobre la libertad de asociacin
y el derecho a organizarse. Aquellos que
intentaban dedicarse a actividades sindicales
no oficiales encaraban el hostigamiento
del gobierno. El 10 de junio la Conferencia
Internacional sobre el Trabajo concluy
que la ley y la prctica del gobierno
violaban la Convencin 87 de la OIT
sobre la libertad de asociacin.
La Comisin de Aplicaciones de la
Conferencia Internacional sobre el Trabajo
exhort tambin al gobierno
a poner en libertad a los sindicalistas
obreros arrestados en marzo e inst
al gobierno a aceptar la misin de
la OIT para verificar las condiciones laborales
y de trabajar con el gobierno para asegurar
el pleno cumplimiento de la Convencin
87. El gobierno rechaz las conclusiones
de la Comisin de Aplicaciones y
toda posibilidad de una misin de
la OIT.
En noviembre, la Comisin de la
OIT para la Libertad de Asociacin
(CLA) critic el reconocimiento de
las autoridades de un solo sindicato oficial
y la prohibicin de sindicatos obreros
independientes. La CLA mencion tambin
la falta de negociaciones colectivas y del
derecho de huelga, el arresto y hostigamiento
de de sindicatos, la infiltracin
del gobierno en los sindicatos independientes
y los allanamientos ilegales de domicilios.
La CLA expres especial preocupacin
por el arresto y encarcelamiento prolongados
de siete organizadores sindicales en marzo
y abril y recomend que la Misin
de os Directos de la OIT investigue
la situacin. El representante del
gobierno denunci a la OIT y la CLA
como "secuaces" de un gobierno
extranjero y rechaz cualquier posibilidad
de una Misin de os Directos.
Los trabajadores pueden perder y, de hecho,
han perdido sus empleos debido a sus creencias
polticas, incluso por negarse a
asociarse al sindicato oficial. Se han creado
varias pequeas organizaciones laborales
independientes, pero operan sin reconocimiento
legal, sufren de la infiltracin
de espas del gobierno, y son incapaces
de representar eficazmente a los trabajadores
o de actuar en su favor.
El 5 de abril el Tribunal Provincial de
La Habana sentenci a Pedro Pablo
Alvarez Ramos, lder del ilegal Consejo
Unitario de Trabajadores Cubanos, a 25 aos
de prisin por actos contra la independencia
o integridad territorial del Estado. El
documento de la sentencia indic
que Alvarez fue condenado en parte por haber
tenido vnculos con sindicatos laborales
internacionales, entre ellos el Sindicato
Central de Trabajadores Latinoamericanos
y el Sindicato Central de Trabajadores Venezolanos,
y por informar a la OIT sobre violaciones
de los derechos de trabajadores.
El 5 de abril el Tribunal Provincial de
La Habana sentenci a Carmelo Agustn
Daz Fernndez, del Consejo
Unitario de Trabajadores Cubanos, a 16 aos
de prisin por actos contra la independencia
o integridad territorial del Estado.
La CTC es miembro de la Federacin
Mundial de Sindicatos, de orientacin
comunista.
b. Derecho a organizarse y a negociar colectivamente
No existe la negociacin colectiva.
El Comit Estatal de Trabajo y Seguro
Social (CETSS) fija los sueldos y salarios
en el sector estatal y es, en la realidad,
el nico empleador del pas.
La ley prohbe las huelgas. No se
tiene conocimiento de actos de huelga durante
el ao.
La Ley de Inversiones Extranjeras de 1995
sigui denegando a los trabajadores
el derecho, sin permiso especial del gobierno,
de contratar directamente con las compaas
extranjeras que invierten en el pas.
Si bien unas pocas compaas
han logrado negociar excepciones, el gobierno
exige que los inversionistas extranjeros
y las representaciones diplomticas
contraten a los trabajadores a travs
de las agencias de empleo del estado, a
las que se paga en moneda extranjera y,
a su vez, pagan a los trabajadores salarios
muy bajos en pesos cubanos. Tpicamente,
los obreros recibieron el 5 por ciento de
los salarios pagados por las compaas
al estado. Los trabajadores subcontratados
por las agencias de empleo del estado deben
satisfacer ciertas condiciones polticas.
Segn el ministro de Industrias Bsicas,
Marcos Portal, las agencias de empleo del
estado consultan al Partido, a la Confederacin
de Trabajadores de Cuba y a la Unin
de Jvenes Comunistas para asegurar
que los trabajadores seleccionados "merecen"
trabajar en una empresa conjunta.
No existen zonas francas industriales,
si bien la ley autoriza el establecimiento
de zonas de libre comercio y parques industriales.
c. Prohibicin del trabajo forzado
u obligatorio
Ni la Constitucin ni el Cdigo
Laboral prohben el trabajo forzado
u obligatorio. El gobierno mantiene centros
de correccin a donde enva
a las personas que cometen delitos tales
como la peligrosidad. A los presos detenidos
en estos centros se los fuerza a trabajar
en granjas u obras de construccin,
por ejemplo, trabajando en tareas de construccin,
agricultura o metalurgia. Las autoridades
frecuentemente encarcelan a los reclusos
que no cooperan.
En septiembre, un preso en la crcel
de seguridad mnima El Anoncillo
inform que a los presos se les obligaba
a realizar trabajos agrcolas durante
doce horas por da sin ninguna remuneracin.
El preso declar que el alimento
era malo y que el campo careca de
baos e instalaciones mdicas.
Los guardias de la prisin amenazaban
con enviar a los presos a una crcel
de mxima seguridad si no trabajaban
y con ponerlos en celdas de aislamiento
si se quejaban.
El gobierno emplea grupos especiales de
trabajadores, conocidos como "microbrigadas",
que son reasignados temporalmente de sus
trabajos habituales para trabajar en proyectos
especiales de construccin. Estas
microbrigadas son cada vez ms importantes
para los esfuerzos del gobierno de completar
proyectos tursticos y otras obras
que tienen prioridad. Los trabajadores que
se niegan a ofrecerse voluntariamente para
estos trabajos muchas veces arriesgan discriminacin
o prdida del empleo. Los trabajadores
de las microbrigadas supuestamente reciben
consideracin prioritaria en la asignacin
de viviendas. Las fuerzas militares asignan
a algunos reclutas al Ejrcito de
Trabajadores Juveniles, en el que cumplen
sus dos aos de servicio militar
obligatorio trabajando en granjas que abastecen
a las fuerzas armadas y a la poblacin
civil.
El gobierno prohbe el trabajo forzado
u obligatorio de menores; sin
embargo, el gobierno exige que los menores
trabajen. Se esperaba que los alumnos de
escuelas secundarias dedicaran hasta 15
das de sus vacaciones de verano
para llevar a cabo una variedad de tareas,
desde trabajos agrcolas hasta proyectos
de limpieza urbana, y se les pagaba un pequeo
salario por esta labor. Se esperaba que
los estudiantes de instituciones posteriores
a las escuelas secundarias (escuelas tcnicas,
escuelas preparatorias para la universidad
e institutos agrcolas) dedicaran
de 30 a 45 das por ao a
trabajos principalmente agrcolas.
Segn las reglas escolares, el negarse
a realizar trabajos agrcolas podra
afectar la habilidad del estudiante de seguir
estudiando en la institucin.
d. Situacin de las prcticas
de trabajo infantil y la edad mnima
para el empleo
La edad mnima legal para trabajar
es 17 aos. Sin embargo, el Cdigo
Laboral permite el empleo de menores de
15 y 16 aos para obtener entrenamiento
o para compensar por escaseces laborales.
El pas no ha ratificado la Convencin
182 de la OIT, pero el gobierno se adhiri
a las normas de la Convencin 182
en lo que respecta a la eliminacin
de las formas peores de trabajo infantil.
e. Condiciones de trabajo aceptables
El salario mnimo lo fija el CETSS
y vara segn la profesin.
Por ejemplo, el salario mnimo mensual
de una empleada domstica es de 6,35
dlares (165 pesos); el de un empleado
de oficina bilinge es de 7,30 dlares
(190 pesos); y el de un jardinero 8,30 dlares
(216 pesos). El gobierno complementa el
salario mnimo con la enseanza
gratuita, cuidado mdico subsidiado
(aunque despus del tercer da
de haber sido internado en un hospital la
paga diaria se reduce un 40 por ciento),
vivienda y algunos alimentos (los alimentos
subsidiados alcanzan aproximadamente para
una semana por mes). Sin embargo, hasta
con estos subsidios, el salario mnimo
no le permiten alcanzar a un trabajador
y a su familia un nivel de vida decente.
La corrupcin y el mercado negro
estn generalizados. El gobierno
raciona la mayora de las necesidades
bsicas como los alimentos, la ropa
y el gas de cocina, todos muy escasos.
El gobierno les exige a las empresas extranjeras
que trabajan con entidades del estado contratar
y remunerar a sus trabajadores por intermediacin
del estado (vase la Seccin
6.b.). Human Rights Watch observ
que la dependencia en las agencias de empleo
controladas por el estado, hace que los
trabajadores no tengan ninguna capacidad
de negociar directamente con el empleador
en lo que respecta a su salario, prestaciones,
condiciones para el ascenso y la duracin
de su perodo de prueba. Las firmas
extranjeras pagan al gobierno entre 500
y 600 dlares mensuales por trabajador
mientras que los trabajadores reciben del
gobierno slo una pequea
cantidad en pesos.
La semana de trabajo regular es de 44 horas,
y en ocupaciones peligrosas, como en la
industria minera, los das de trabajo
son ms cortos. El gobierno redujo
el da de trabajo en algunas oficinas
gubernamentales y empresas estatales para
ahorrar energa.
Los controles medioambientales y de seguridad
en los lugares de trabajo usualmente son
inadecuados, y el gobierno carece de mecanismos
efectivos para su aplicacin. Los
accidentes industriales parecen ser frecuentes,
pero el gobierno suprime estos informes.
El Cdigo Laboral establece que un
trabajador que considera que su vida est
en peligro debido a condiciones de trabajo
riesgosas tiene el derecho a no trabajar
en esa posicin o de no participar
en actividades especficas hasta
tanto esos riesgos hayan sido eliminados.
Conforme al Cdigo Laboral, el trabajador
est obligado a trabajar temporalmente
en cualquier otra tarea que se le asigne,
por el salario que estipule la ley.
En julio, los es de la fbrica
de caramelos de Gerardo Abreu Fontn,
en La Habana, despidieron al capataz del
departamento de mantenimiento Julin
Daz por negarse a trabajar en una
lnea elctrica de alto voltaje
sin el debido equipo de seguridad. Daz
solicit la ayuda del representante
del sindicato, pero ste aconsej
a Daz que no disputara el despido
y no causara "otros problemas"
a la fbrica de caramelos.
f. Trata de seres humanos
El Cdigo Penal prohbe el
trfico de personas. Si bien no hubo
ningn informe de que se estaba traficando
en personas hacia o desde el pas,
hubo casos de trfico, en la forma
de prostitucin de menores, dentro
del pas, sobre los que los medios
informativos oficiales no informaron.
El Cdigo tambin impone
castigos a las infracciones, entre ellos
una condena de entre 7 a 15 aos
de prisin por organizar o cooperar
en la introduccin ilegal de extranjeros
por el pas; de 10 a 20 aos
de prisin por ingresar en el pas
para sacar clandestinamente a personas del
pas; y de 20 aos de crcel
a cadena perpetua por usar violencia, causar
dao o muerte o poner vidas en peligro
en el curso de la actividad clandestina.
Estas disposiciones estn dirigidas
principalmente a aquellas personas que se
dedican a sacar clandestinamente a emigrantes
potenciales. Adems, el cdigo
modificado dispone es ilegal promover u
organizar el ingreso o salida de personas
con el propsito de ejercer la prostitucin;
los infractores estn sujetos a entre
20 y 30 aos de prisin.
La prostitucin infantil fue un
problema, y hubo nias que se dedicaron
a la prostitucin para ayudar a sostenerse
a s mismas y a sus familias.
(termina el texto)
(Distribuido por la Oficina
de Programas de Informacin Internacional
del Departamento de Estado de Estados Unidos.
Sitio en la Web: http://usinfo.state.gov/espanol)
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