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CubaNet

Febrero 7, 2003 52171c

Los sindicatos independientes y el futuro de los marginados

Aleida Godínez Soler, Lux Info Press

LA HABANA, febrero (cubanet.sergipeconectado.com) - El régimen de la isla, que aplica desde hace poco más de 44 años una política excluyente para el empleo -y en otros aspectos de la vida social- está, por ley de la vida, a punto de llegar a su fin en el poder, y el incipiente movimiento sindical independiente se apresta a preparar algunos detalles para "los primeros días" en el marco de una transición pacífica.

La Comisión Sindical Permanente es una de las comisiones de la Asamblea para Promover la Sociedad Civil, cuyos esfuerzos están dirigidos a la formación de una práctica en la democracia y la promoción de una verdadera cultura sobre los derechos de los trabajadores.

La tarea principal de esta comisión es analizar el futuro de los trabajadores, especialmente de aquéllos que han sido "sacados de circulación", cercenadas así sus poquísimas esperanzas de empleo, por razones que no se salen de un modo u otro del marco político.

Los dirigentes de las diferentes denominaciones gremiales que la componen, de manera excepcional, se sentaron a la mesa de trabajo con todo el respeto y con la mayor de las responsabilidades, como ha sido práctica del Movimiento Sindical Independiente, (aún entre las que no están agrupadas en la Asamblea), y tomaron nota de aspectos relacionados con la vida futura de los miles de trabajadores que hoy sufren las consecuencias de sus posiciones de principios.

Como punto de partida la comisión se basa en las normas establecidas por la Organización Internacional del Trabajo, de la que Cuba es miembro, ya que fijan metas para alcanzar el progreso social en una transición a la democracia.

La adopción de nuevas medidas de respeto a estas normas internacionales sin lugar a dudas influirá de modo positivo en el ámbito laboral del país, permitiendo una gradual y organizada apertura social.

En la etapa de reconstrucción deberá derogarse la legislación laboral vigente y ponerse en vigor un Código del Trabajo cuya finalidad primordial esté encaminado a regular las relaciones jurídico-laborales, a la vez que garantice las plenas libertades para que cada cubano tenga derecho a escoger un empleo que garantice a su familia un nivel de vida decoroso. Deberán considerarse también la protección a la maternidad, la asistencia social por vejez y la incapacidad para el trabajo.

En las condiciones especiales de nuestro país, deberá tenerse en cuenta que los trabajadores expulsados de sus centros de trabajo por motivos religiosos, de sexo, o raza y que lo puedan demostrar serían indemnizados mediante la aplicación de leyes dictadas al efecto, con el reconocimiento de los años dejados de laborar a los efectos de la jubilación.

La Ley propuesta considera la prestación económica excepcional a las familias de los trabajadores que fallecieron aún encontrándose en estos casos y la disposición de normas especiales para las familias de los trabajadores que fallecieron mientras cumplían condenas políticas. Para calcular el total de años trabajados se deberá tener en cuenta la suma del tiempo dejado de laborar en los casos de aquellos trabajadores que han sido expulsados de sus puestos de trabajo por la aplicación de una política marginadora practicada durante años de totalitarismo.

Al mismo tiempo, deberá otorgársele pensiones por jubilación a los trabajadores desplazados por la actual política excluyente que hayan sobrepasado la edad límite de 55 años en el caso de las mujeres y 60 de los hombres, y que no hayan encontrado un empleo que les permita obtener una compensación económica que le garantice una vejez segura. La Ley contemplará los casos en que se otorgarán pensiones a la familia de estos trabajadores que fallecieron encontrándose en alguno de estos casos.

Aquellos que resultaron cesanteados por motivos políticos, religiosos, de sexo o raza, entre otros similares y que lo puedan demostrar, deberán ser indemnizados por leyes dictadas al efecto con el reconocimiento del tiempo que estuvo desempleado para el cálculo de la cuantía de la pensión. Esto quedará demostrado mediante la exhibición del Expediente del Trabajador Expulsado de su centro de Trabajo por la aplicación de la política excluyente del régimen, trabajo realizado conjuntamente con todas las organizaciones disidentes de la sociedad civil, cuyo objetivo básico es el control futuro de estos casos.

Se deberá legalizar el derecho a la huelga o paro laboral como expresión de la voluntad colectiva de los de un sindicato.

Será útil aplicar novedosos programas diseñados por la Organización Internacional del Trabajo, como el Programa SEED, cuyas siglas en inglés significan: intensificación del empleo mediante el desarrollo de pequeñas empresas, y que tiene entre sus objetivos y fines movilizar el potencial de creación de las pequeñas empresas y delinear las mejores prácticas erigiendo una sólida base de conocimientos sobre los nexos entre el desarrollo de pequeñas empresas y el empleo, llevando a la práctica estos conocimientos mediante actividades de orientación en la formulación de prácticas aplicando campañas de orientación en la formulación de políticas, asistencia técnica y campañas internacionales de sensibilización.

Un aspecto importante a tener en consideración en esta etapa es la capacitación de la población económicamente activa, con el fin de mantenerla lista para el empleo alternativo, evitando de esta forma el desempleo estructural.

De esta forma, el movimiento sindical independiente se esfuerza por capacitarse y poder asumir en un futuro, que ya se percibe cercano, un destacado e importante papel en la vida laboral de una nueva Cuba.

LUX INFO-PRESS
Agencia Cubana Independiente de Información y Prensa
2174 N.W. 24 th Court
Miami, Florida 33142


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